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Sólo los productos alimenticios que proceden de la agricultura ecológica podrán llevar en la etiqueta de comercialización la palabra ecológico o referencias como producto bio o eco, según una propuesta de un informe adoptado por el Parlamento Europeo.
La propuesta inicial de la Comisión, que modifica el Reglamento vigente desde 1991, protege los productos biológicos reforzando las condiciones que deben cumplir sobre su procedencia biológica para poder ser etiquetados como tal. Estas condiciones deberán ser también cumplidas por todos los productos importados de países terceros.
Pero si en el reglamento vigente se admiten ciertas excepciones en el etiquetado de productos "elaborados parcialmente con ingredientes que no cumplan los requisitos" la enmienda 9 del informe adoptado elimina dichas excepciones, para que no puedan darse casos como el de Danone, cuya campaña de marketing presenta toda una gama de productos bio que en realidad no corresponden a productos de agricultura ecológica.
En la exposición de la propuesta, la ponente expone que "las excepciones a las normas de etiquetado ya han permitido a los productores sujetos al Reglamento tomas sus disposiciones. La posibilidad de confusión y abuso, así como la evolución de las técnicas de producción, hacen que estas excepciones resulten engañosas en inútiles". El pleno ha rechazado sin embargo otra enmienda políticamente más sensible en la que se introduce el concepto de responsabilidad civil para los productores de organismos modificados genéticamente (OMG) que contaminen, aunque sea de modo accidental, los productos de la agricultura ecológica.
En este caso, la ponente expone que para la "exclusión de productos a consecuencia de contaminación por OMG, se preverá una compensación por parte del responsable de la contaminación (el productor que utilice OMG o el productor de las semillas que las suministre a los agricultores".
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