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Nuevas normas mejoran la calidad de los envases de alimentos

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Sanidad y Consumo, un Real Decreto por el que se actualiza la legislación española relativa al uso de determinados derivados epoxídicos en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos. Todo ello incrementa la protección de la salud de los consumidores.

  • Fecha de publicación: 17 de enero de 2005

El proyecto incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 2004/13 de la Comisión Europea, de 29 de enero de 2004, y viene a modificar el Real Decreto actualmente en vigor sobre el uso de los compuestos epoxídicos, recubrimientos plásticos utilizados en la fabricación de envases y utensilios para los alimentos, ya sea de pequeñas dimensiones, como las latas, o de grandes contenedores de cemento o metal. Si estos recubrimientos están mal formulados o aplicados, pueden ser fuente de contaminación tóxica por la migración de las sustancias químicas que los componen hacia los productos alimenticios con los que entran en contacto.

Hasta ahora, el Real Decreto 293/2003 establecía que la autorización de estas sustancias debía realizarse mediante listas positivas, es decir, sólo estaban autorizadas las sustancias especificadas en dicho Real Decreto, que reciben las nomenclaturas de "BADGE", "BFGDE" y "NOGE", con los límites controlados de migración que se determinan. Ahora, la nueva directiva supone la actualización del régimen de empleo de los derivados epoxídicos, motivada por dos circunstancias.

Por un lado, los avances científicos que ha experimentado el análisis de estas sustancias, que permiten una detección más precisa que antes no era posible. Por otro lado, la necesidad de precisar el modo en que podrá figurar en ellas la fecha de envasado. Además, la normativa corrige una ambigüedad en el Real Decreto vigente, cuya disposición transitoria prescinde del "BFDGE" y el "NOGE" y tiene en cuenta sólo el "BADGE". Las otras dos sustancias pueden utilizarse en materiales importados de países que tengan autorizada su fabricación.



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