Saltar el menú de navegación e ir al contenido

EROSKI CONSUMER, el diario del consumidor

Buscador

Boletines

| Baja | Más opciones |

Canales de EROSKI CONSUMER


Secciones dentro de este canal: Bebé

Contenidos de EROSKI

Huella de Carbono

Participa e infórmate, calcula tu huella de CO2, comparte tus trucos para reducir tus emisiones… Entramos en acción para mantener el calentamiento global por debajo de los 2ºC.

Ver campaña

(Seguridad alimentaria)


Cambiar de idioma

Otras utilidades

  • compartir
  • glosario

La Comisión propone una normativa mejorada en el campo de los productos con denominaciones específicas

Los proyectos de Reglamento pretenden garantizar una plena compatibilidad con las constataciones de un grupo especial de la OMC

La Comisión Europea ha adoptado dos propuestas en virtud de las cuales se precisa y racionaliza la normativa aplicable a las indicaciones geográficas protegidas (IGP), las denominaciones de origen protegidas (DOP) y las especialidades tradicionales garantizadas.

  • Fecha de publicación: 5 de enero de 2006

Se trata de un «sistema clave de la política de calidad de la UE que contribuye a mejorar la protección de las indicaciones geográficas a escala internacional», ha asegurado Fischer Boel, comisaria de Agricultura y Desarrollo Rural. Actualmente, el número de especialidades y de productos regionales cuyas denominaciones están registradas en el marco de los regímenes de calidad de la UE asciende a 720, y sigue aumentando.

Las propuestas tienen como objetivo mejorar el procedimiento de registro y hacerlo más eficaz. Para ello, la Comisión propone simplificar los trámites correspondientes y precisar la función que deben desempeñar los Estados miembros. El núcleo de las propuestas es el establecimiento de un «documento único» para la presentación de las solicitudes, que contenga toda la información necesaria a efectos de registro, información y control y que se procederá a publicar.

Otro objetivo de las propuestas es mejorar el etiquetado e impulsar la utilización de logotipos de la UE para facilitar su reconocimiento por parte del consumidor. En el dictamen del grupo especial de la OMC emitido en 2004, la Organización apoyaba en su integridad el sistema de indicaciones geográficas de la UE, al tiempo que rechazaba la mayor parte de las reclamaciones presentadas por los EEUU y Australia.

Mediante estos Reglamentos, se logra la conformidad del régimen en los dos ámbitos que habían sido objeto de críticas: en primer lugar, se suprime formalmente el requisito de «reciprocidad y equivalencia» y, en segundo, se permite a los operadores de terceros países presentar solicitudes y realizar declaraciones de oposición directamente, en lugar de a través de los Gobiernos. El plazo para aplicar este dictamen finaliza en abril de 2006.


Zona relacionada


Recursos de esta página



Validaciones de esta página

  • : Conformidad con el Nivel Triple-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI
  • XHTML: Validación del W3C indicando que este documento es XHTML 1.1 correcto
  • CSS: Validación del W3C indicando que este documento usa CSS de forma correcta
  • RSS: Validación de feedvalidator.org indicando que nuestros titulares RSS tienen un formato correcto