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Fijadas nuevas medidas de ordenación de los buques españoles de artes fijos y artes menores

El objetivo es adaptar su capacidad extractiva al estado de los recursos

El Consejo de Ministros dio el visto bueno el viernes a un Real Decreto por el que se fijan nuevas medidas de ordenación de los buques españoles de artes fijos y artes menores que ejercen su actividad en el caladero Mediterráneo, con el objetivo de adaptar su capacidad extractiva al estado de los recursos.

  • Fecha de publicación: 3 de abril de 2006

Este decreto establece una serie de características técnicas como que las embarcaciones de nueva construcción, destinadas a ejercer la pesca con artes fijos y artes menores, deberán tener un mínimo de cinco metros de eslora total y un arqueo mínimo de 1,5 GT.

Los buques dedicados a la pesca con palangre de fondo deberán tener una eslora entre perpendiculares igual o superior a nueve metros, y las embarcaciones que tengan como único medio de propulsión el remo o la vela no podrán ejercer actividades pesqueras en aguas exteriores.



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