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Pescado de etiqueta

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El objetivo del Real Decreto 331/1999 ha sido establecer la normativa básica referente a la clasificación y etiquetado de los productos de la pesca y de la acuicultura frescos, refrigerados o cocidos, en todo el territorio español, y sea cual sea su procedencia.

  • Autor: Por JUAN RAMÓN HIDALGO MOYA
  • Última actualización: 15 de julio de 2003

Pescado de etiqueta

La información correcta sobre los diferentes productos es un derecho básico de los consumidores que ha sido establecido por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios; así como por los diferentes Estatutos del Consumidor de diferentes comunidades autónomas. La concreción de este derecho con respecto a los diferentes productos alimenticios ha sido objeto de regulaciones más recientes, en continua adaptación a las exigencias de la Unión Europea: unas, de carácter horizontal, que afectan por igual a todos los productos y otras de carácter vertical, que afectan específicamente a un producto concreto.

Los productos de la pesca -ya sean frescos, refrigerados o cocidos- tienen su propia regulación en cuanto a normalización, tipificación y etiquetado. La norma en concreto se aprobó en fecha 26 de febrero de 1999, mediante el Real Decreto 331/1999, de normalización y tipificación de los productos de la pesca, frescos, refrigerados o cocidos. La entrada en vigor de esta regulación se pospuso hasta el 18 de septiembre de 1999.

La aplicación de esta norma, a los dos años de su obligatoria observancia por parte de los operadores económicos, parece ser que no ha sido del todo satisfactoria tal y como se refleja en un estudio reciente publicado por OCU-COMPRA MAESTRA nº 251 (julio-agosto 2001). El cumplimiento de la citada regulación dependerá del conocimiento que de ella tengan los operadores económicos y comerciantes (sujetos obligados) y los propios consumidores (sujetos protegidos).

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