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La infección por consumir cocas de Sant Joan en mal estado en Torroella de Montgrí, Girona, se ha convertido en un hecho sin precedentes que ha afectado a más de un millar de personas. No es un hecho frecuente pero tampoco se trata de una simple infección alimentaria. Las acciones judiciales ya se han puesto en marcha.
El número de afectados es realmente elevado, pues a fecha de hoy afecta ya a entre un 15% y un 20% de los posibles consumidores, según los datos de El País (6.800) y La Vanguardia (4.000), calculados con respecto al total de cocas presumiblemente vendidas, unas 800.
Algunos de los afectados, una gran mayoría de carácter leve, no han precisado hospitalización aunque sí un control médico; otros, los menos, con un cuadro médico más complicado, han requerido ingreso hospitalario y una posterior observación; y al menos uno de ellos, excepcionalmente, ha precisado cuidados intensivos.
Infracción de un derecho fundamental: la salud de los consumidores
Los hechos, al menos los primeros indicios, tienen todos los visos de haber infringido el derecho a la salud y a la seguridad de una multiplicidad de consumidores. La confianza del consumidor, tanto en el producto como en el establecimiento, en el momento de la compra, era elevada. Y, como hemos señalado en multitud de ocasiones, lo que menos se esperaba el consumidor era enfermar por el consumo de una coca de San Juan.
En este caso, y dado el elevado número de afectados, parece ser que queda patente que no ha intervenido culpa ni negligencia del consumidor a la hora de manipular el producto, y que la causa, por tanto, es ajena a su propio ámbito. En estos casos queda claro que lo que resta es localizar al responsable o responsables de la infección alimentaria, dado que el consumidor no es responsable de su propio mal y no debe asumir los costes que la situación de infección le han acarreado.
La actuación administrativa
La maquinaria administrativa ya se ha puesto en marcha. Además, ha sido la primera en actuar: medida cautelar de cierre, apertura de procedimiento administrativo e investigación para intentar localizar el agente causante, los posibles productos o materias primas "culpables" y determinar la adecuación del local y de sus instalaciones a las condiciones sanitarias e higiénicas legalmente exigibles.
El procedimiento administrativo que ahora se abre puede acabar, tras un período más o menos largo, en una sanción para los responsables del local comercial que puso en circulación las cocas de San Juan o incluso del productor de alguna materia prima (si se llegara a determinar a ésta como causante), siempre y cuando se acredite la adecuación de su actuación a una conducta prevista reglamentariamente como infracción.
La indemnización de daños y perjuicios no está en manos de la Administración
Una cuestión importante: la actuación de la Administración, ya sea en el ámbito sancionador como de investigación que está desarrollando, en ningún caso va a proporcionar al ciudadano el resarcimiento de los daños y perjuicios padecidos en su salud, como por ejemplo lesiones, secuelas o, en su caso, muerte. Tampoco en su patrimonio, como gastos médicos, traslados hospitalarios, medicinas o productos sanitarios que haya abonado de su propio bolsillo.
Estas no son funciones de la Administración, en el caso de que los responsables sean terceras personas. Sin embargo, sí que los servicios públicos sanitarios van a proporcionar a los ciudadanos los medios necesarios para el reestablecimiento de su salud, cuyos gastos, en su caso, van a repercutir y reclamar a los responsables de la infección mediante las acciones legales previstas.
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