Saltar el menú de navegación e ir al contenido
La regulación comunitaria en biotecnología alimentaria incluye especificaciones para los transgénicos basadas en el principio de precaución
La notificación incluye información reglada para que el país importador tenga la posibilidad de aceptar únicamente los productos aprobados mediante un acuerdo fundamentado previo. Un informe sobre la evaluación del riesgo conocido y disponible; y métodos sugeridos para la manipulación, el almacenamiento, el transporte y la utilización seguros, incluido el envasado, el etiquetado, la documentación, los procedimientos de eliminación y en caso de emergencia, según proceda, entre otros.
Además, la situación reglamentaria del organismo vivo modificado en el Estado de exportación (por ejemplo, si está prohibido en el Estado de exportación, si está sujeto a otras restricciones, o si se ha aprobado para su liberación general) y, si el organismo vivo modificado está prohibido en el Estado de exportación, los motivos de esa prohibición; y el resultado y el propósito de cualquier notificación a otros gobiernos por el exportador en relación con el organismo vivo modificado que se pretende transferir.
La información sobre los organismos vivos modificados destinados a uso directo como alimento humano o animal o para el procesamiento ha de incluir, además de un informe sobre la evaluación del riesgo, la que hace referencia a la descripción de la modificación del gen, la técnica utilizada y las características resultantes del organismo vivo modificado. También el lugar de recolección o adquisición y las características del organismo receptor o de los organismos parentales que guarden relación con la seguridad de la biotecnología; centros de origen y centros de diversidad genética, si se conocen, del organismo receptor y/o los organismos parentales y descripción de los hábitat en que los organismos pueden persistir o proliferar.
Otra de la información que debe constar es el lugar de recolección o adquisición y las características del organismo donante u organismos que guarden relación con la seguridad de la biotecnología; los usos aprobados del organismo vivo modificado; y métodos sugeridos para la manipulación, el almacenamiento, el transporte y la utilización seguros, incluidos el envasado, el etiquetado, la documentación, los procedimientos de eliminación y en caso de emergencia, según proceda.
Atendiendo a un informe elaborado por 'InfoResources Focus', la superficie sembrada y registrada en el mundo en 2005 alcanzaba los 90 millones de hectáreas, un 5% de la superficie total cultivada. Más de un tercio de esta superficie se concentra en 11 países en desarrollo, y los más comercializados son variedades de soja, maíz, algodón y colza. Se destinan fundamentalmente a la producción de forrajes y fibras textiles y, en menor medida, a la producción de alimentos. La biotecnología se considera, en algunos casos, un instrumento adicional que puede aumentar la producción de alimentos de origen vegetal. No obstante, el potencial de la biotecnología para resolver los problemas alimentarios se evalúa de forma distinta de un país a otro, según el informe. Argentina, Brasil, China, India y Sudáfrica ya han adoptado la producción para el comercio de cultivos genéticamente modificados, iniciativa que apoyan los gobiernos de estos países. Sin embargo, otros países en desarrollo están implementando programas de investigación en biotecnología, algunos para comercializarlos rápidamente y otros para no desaprovechar las oportunidades que ofrece (Egipto, Indonesia y Costa Rica).
Países en desarrollo, particularmente los de menores ingresos, rechazan este tipo de alimentos porque dudan, la mayoría de ellos, de sus beneficios y seguridad y temen depender de las empresas multinacionales o perder oportunidades de venta en el mercado europeo. En muchos países pobres el 'know-how' en el área de biotecnología es muy limitado y el debate sobre sus riesgos y desventajas es virtualmente inexistente. También hay países en los que el Estado ha asumido una posición positiva sobre la biotecnología pero en los que las organizaciones ambientalistas y de pequeños agricultores se oponen terminantemente a ella. Argumentan que no se sabe lo suficiente sobre su impacto en la salud y el medio ambiente y destacan el riesgo de los cruzamientos incontrolados con variedades tradicionales. En India y Brasil hay organizaciones de pequeños agricultores a favor y en contra.
Una posición especial sobre el tema es la que han adoptado la UE y EE.UU. en los últimos años, que han mantenido posturas contrapuestas derivadas de sus propios principios legales y de la particular percepción del riesgo. El sistema estadounidense regula la seguridad de los productos de forma independiente a la tecnología y traslada cualquier daño derivado de su consumo a la garantía y la responsabilidad del fabricante. La UE ha decidido posicionarse en un sistema más normativizado y específico para la biotecnología basado en eprincipio de precaución. Un caso particular es el de Suiza, con uno de los sistemas regulatorios más restrictivos y con una estricta legislación sobre responsabilidad por daños y una evaluación exhaustiva de los riesgos. Sometida a una moratoria hasta el 2010, no excluye la investigación biotecnológica ni la importación de alimentos genéticamente modificados. Una situación real para la reflexión: en agosto de 2002, Zambia rechazó una partida de maíz genéticamente modificado que le fue enviada como ayuda alimentaria. La justificación se fundamentó en las reservas planteadas sobre la seguridad de los alimentos, la falta de un marco regulatorio, el peligro de un intercambio de material genético con las variedades locales y el riesgo de perder mercados en la UE.
En CONSUMER EROSKI nos tomamos muy en serio la privacidad de tus datos, aviso legal. © Fundación EROSKI