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Hasta ahora, no debían figurar en la etiqueta cuando su presencia fuera inferior al 25% del producto acabado
El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto por el que se incrementa la protección de los consumidores, especialmente de los afectados por alergias o intolerancias, facilitándoles una información más completa sobre los ingredientes de los productos alimenticios.
Esta norma incorpora a nuestro ordenamiento jurídico una directiva comunitaria que obliga a indicar en el etiquetado de los alimentos y de las bebidas alcohólicas los ingredientes presentes en su composición que puedan producir reacciones alérgicas en personas propensas a padecerlas.
Estos ingredientes deberán aparecer en la etiqueta de los productos alimenticios siempre que sigan presentes en el producto acabado, aunque sea de forma modificada y en una proporción mínima, incluyéndose una referencia clara al nombre de los mismos.
Hasta ahora, estos ingredientes no debían figurar en la etiqueta cuando su presencia fuera inferior al 25% del producto acabado, lo que podía ocasionar problemas entre los consumidores sensibles a algún tipo de alergia, ya que no siempre tenían una información exhaustiva.
También deberán incluirse dichos ingredientes alergenos en la etiqueta de las bebidas con un grado alcohólico superior al 1,2%.
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