Los bienes de consumo tendrán una garantía mínima de dos años

En ese plazo, se deberá reparar o sustituir el producto de forma gratuita
Por EROSKI Consumer 19 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, aprobó ayer el proyecto de Ley de Garantías en la venta de bienes de consumo, que establece un mínimo de dos años de garantía en todos estos productos. De ese modo, los compradores tendrán derecho durante ese periodo a la reparación o sustitución gratuita o a la rebaja en el precio del bien defectuoso.

Cuando la norma se apruebe en el Parlamento, todos los consumidores estarán protegidos por una exigencia irrenunciable e ilimitable de que el bien adquirido se ajusta a las condiciones contratadas. La renuncia previa a ellas será declarada nula de pleno derecho, aunque la garantía de dos años podrá reducirse si el bien adquirido es de segunda mano.

Según el Gobierno, cuando el producto no sea de la calidad prevista, no realice la prestación habitual, no se ajuste a lo declarado por el vendedor o no se corresponda con la publicidad o el etiquetado, el comprador tendrá derecho a la reparación gratuita, a la sustitución sin cargos ni gastos de envío, a la resolución del contrato o a la rebaja del precio.

Correcta instalación

La garantía alcanzará a la correcta instalación. El vendedor estará obligado a reparar gratis la instalación defectuosa si ésta procede de un error contemplado incluso en el manual. La reparación o la sustitución deberá llevarse a cabo en un plazo de tiempo razonable. Igualmente, si una vez realizada la reparación el bien continuara dando problemas, el comprador podrá exigir su sustitución.

La ley establece la posibilidad de que el vendedor o el productor del bien de consumo incorporen ventajas adicionales -«garantía comercial»-, aunque les exige que sean transparentes y efectivas.

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