El Supremo sentencia que la indemnización por siniestro total será según el coste de la reparación

Las aseguradoras de coches deberán modificar cerca del 95% de las pólizas "a todo riesgo"
Por EROSKI Consumer 27 de noviembre de 2002

Una reciente sentencia dictada por la Sala Primera del Tribunal Supremo considera lesivas las cláusulas que limitan las indemnizaciones al «valor venal» de los vehículos, según informó ayer Automovilistas Europeos Asociados (AEA), por lo que obligará a modificar el 95% de las pólizas de seguros «a todo riesgo» que existen en España y que limitan el derecho de los asegurados a percibir indemnizaciones con arreglo al coste real de las reparaciones.

Concretamente, el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por una aseguradora de automóviles contra una condena que le impuso la Audiencia Provincial de Lugo y que obligó a indemnizar a un asegurado con más de siete millones de pesetas correspondientes a la reparación de su vehículo siniestrado y que superaba el límite del valor venal fijado en las condiciones generales del contrato.

La aseguradora pretendía que el Alto Tribunal declarase que la sentencia dictada por la Audiencia Provincial infringía la Ley del Contrato de Seguros al obligarle a indemnizar a su asegurado con el coste real de la reparación del vehículo sin tener en cuenta que en las condiciones generales de la póliza figuraba una cláusula en la que se indicaba que aquella no podía «en ningún momento ser superior al valor venal del vehículo».

Sin embargo el Tribunal Supremo no ha admitido tal pretensión y además obliga a la aseguradora a pagar las costas de esta instancia, en una sentencia considerada por las AEA un «avance importante en los derechos de los automovilistas».

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