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Entra en vigor la ley que permite el desarrollo de los juicios rápidos

Trata de resolver en un máximo de 72 horas las faltas y en 15 días los delitos penados con menos de cinco años de prisión

  • Última actualización: 29 de abril de 2003

Los tribunales empezarán a aplicar el nuevo sistema de juicios rápidos a partir de hoy, una vez finalizado el plazo de seis meses que el Parlamento incluyó en la ley que regula esta figura para agilizar los juicios a fin de disponer de los medios necesarios para su desarrollo.

Esta reforma de la Ley de Enjuiciamiento trata de resolver en un máximo de 72 horas las faltas y en 15 días los delitos flagrantes penados con menos de cinco años de prisión, como las lesiones y amenazas (comunes en la violencia doméstica), los robos y hurtos, y los actos contra la seguridad del tráfico.

Por otro lado, jueces decanos y fiscales creen que es urgente crear protocolos de actuación para que los agentes implicados en los juicios rápidos pueden desarrollar la ley con la máxima agilidad. El propósito es que si las guardias sacan adelante más trabajo, los Juzgados de lo Penal estarán más descargados.

Los juicios rápidos se implantaron en España de forma opcional en 1992, coincidiendo con los Juegos Olímpicos de Barcelona y la Expo de Sevilla.



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