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La Audiencia Nacional suspende cautelarmente la multa histórica de 57 millones de euros a Telefónica

Considera que el daño que se podría causar a la compañía en caso de que prosperara su recurso sería "muy grave"

  • Fecha de publicación: 6 de julio de 2004

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha suspendido, de forma provisional, el pago de la multa histórica de 57 millones de euros que el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) impuso a principios de abril a Telefónica de España, por obstaculizar el cambio de operador. Los jueces justifican esta medida cautelar, solicitada por los abogados de la operadora, en que el daño que se podría causar a la compañía en caso de que prosperara su recurso sería "muy grave", dado lo elevado de la cantidad en juego.

En su resolución, el tribunal que debe estudiar el fondo del pleito planteado entre la Asociación de Empresas Operadoras y de Servicios de Telecomunicaciones (Astel) y Telefónica sólo resuelve paralizar la ejecución de la multa (la más alta en la historia del TDC). De esta forma, no avanza ningún criterio sobre su fallo, que puede demorarse más de un año dado el gran número de casos que se acumulan en la Audiencia Nacional.

Abuso de posición

Las compañías agrupadas en Astel denunciaron a la operadora, en diciembre de 2001, por abuso de posición dominante cuando se estrenaba el sistema de preasignación o preselección. Este procedimiento permite al usuario hacer llamadas por la línea fija a través de un operador distinto de Telefónica, sin necesidad de marcar un prefijo de salida y utilizando las redes del operador dominante.

Telefónica de España dirigió cartas a sus clientes para advertirles de los problemas que podrían sufrir si optaban por la preselección y cambiaban de compañía, como riesgo de que las comunicaciones fueran de peor calidad o plazos más largos en la solución de las averías.



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