Saltar el menú de navegación e ir al contenido
Secciones dentro de este canal: Economía
Formatos dentro de este canal: Economía
Solamente así los consumidores conocerán la cuantía de la reparación que se va a realizar
La Dirección General de Ordenación y Desarrollo Económico del Gobierno de la Rioja aconsejó ayer a los consumidores pedir un presupuesto previo en caso de solicitar un servicio rápido de reparación a domicilio. "Sólo de esta forma el consumidor conocerá de manera certera la cuantía de la reparación que se va a realizar y se evitarán desagradables sorpresas posteriores, de difícil solución una vez efectuado y abonado el servicio", indicó en un comunicado.
Este departamento hizo esta recomendación ante el gran número de reclamaciones que ha recibido contra empresas dedicadas a la prestación de servicios rápidos de reparación en el domicilio del usuario. Las quejas "se basan, principalmente, en la elevada cuantía de las reparaciones, muchas de ellas consistentes en que el prestador del servicio había manifestado al cliente que la avería o el desperfecto detectado no tenía arreglo".
Derechos
La Dirección General de Ordenación y Desarrollo Económico del Ejecutivo riojano recordó a los consumidores cuáles son los derechos que les amparan a través de la normativa en vigor. En el caso de la reparación de electrodomésticos a domicilio, el Decreto 58/1988 contempla la posibilidad de que el usuario solicite un presupuesto previo a la reparación o bien la autorice renunciando al mismo.
El tiempo mínimo que se puede cobrar si la reparación ha sido rápida es de 30 minutos de mano de obra para los electrodomésticos de línea blanca y de 60 minutos para los de línea marrón o electrónica.
También dijo que, para reparaciones de aparatos que no sean electrodomésticos, el Real Decreto 24/1986, de rango autonómico, por el que se regula la actividad de prestación de servicios a domicilio, señala que el prestador entregará un presupuesto antes de la realización del trabajo.
Se detalla que no se podrá realizar el servicio si el cliente no ha dado su conformidad a ese presupuesto, a través de su firma; además de que la mano de obra que se presupueste deberá ser la real y no se podrá facturar una hora cuando la intervención haya durado menos tiempo.
Relacionadas con este artículo:
En EROSKI CONSUMER nos tomamos muy en serio la privacidad de tus datos, aviso legal. © Fundación EROSKI