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El redondeo del euro no debe elevar el precio de las llamadas telefónicas, advierte el Tribunal de la UE

Dice que las compañías tienen que respetar la neutralidad de precios del paso de las monedas nacionales al euro

  • Fecha de publicación: 15 de septiembre de 2004

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha hecho pública una sentencia en la que advierte de que el redondeo aplicado en la conversión al euro en las tarifas de telefonía calculadas por minuto, puede ser aplicado siempre y cuando no eleve los precios a los consumidores.

Aunque no niega el derecho al redondeo en estos casos recogido por la legislación comunitaria, la sentencia establece que las operadoras deberán respetar siempre los principios generales de continuidad de las condiciones de contrato con los usuarios y la neutralidad de precios del paso de las monedas nacionales al euro.

El Tribunal de Luxemburgo se pronuncia así en el caso planteado por el organismo alemán de protección al consumidor, Verbraucher-Zentrale, frente a las prácticas tarifarias de la operadora de telefonía móvil 02 en 2001, que llevaron a un incremento de precios. Respecto a este caso en concreto, el máximo órgano judicial europeo ha decidido dejar la resolución del mismo en manos de los tribunales alemanes, siempre en base a la jurisprudencia dictada.



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