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Expresa su malestar por la actitud del Instituto Nacional del Consumo de filtrar un informe favorable a las tesis de la eléctrica sin comunicárselo
El Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU) ha concluido que la campaña de "energía verde" de Iberdrola incluye información que "genera o puede generar" confusión en el consumidor, "al contratar un determinado producto en base a una información errónea sobre la naturaleza del mismo, como contraprestación al sobrepago que implica contratar esa energía".
De esta forma, el CCU se posiciona en contra de un informe filtrado por el Instituto Nacional del Consumo (INC), del que es órgano consultivo, el pasado 25 de octubre y en el que considera que los clientes que contratan este tipo de tarifas de "energía verde" cuentan con "información suficiente para valorar la oferta y aceptar o rechazar sus condiciones".
Sin embargo, el CCU señala que los mensajes publicitarios de Iberdrola no proporcionan la información suficiente y necesaria para que el usuario "sepa cuál es el posible efecto beneficioso de esta energía, que repercutiría en el medio ambiente, derivado directamente de la suscripción del contrato".
Además, estima que Iberdrola no informa claramente de la diferencia entre el producto por el que se paga -"energía verde certificada"- y el producto que se recibe -"energía como tal, similar a la recibida por el resto de usuarios, contraten o no energía verde"-.
Según el Consejo, la electricidad que se suministra al contratante de "energía verde" en su domicilio, en realidad no procede exclusivamente de fuentes renovables, y es la misma clase de electricidad que se proporciona a todos los consumidores. "El propio término 'contratación' da pie a esta confusión, que es utilizado por el comercializador para dar un plus de peso a su oferta", explica.
En su opinión, el suministro físico, directo y exclusivo para los consumidores de la "energía verde" en realidad no existe. "Por razones operativas, económicas y de seguridad, la energía generada a partir de fuentes renovables se vierte, junto con la producida convencionalmente, en la misma y única red de transporte o distribución", apunta. "De ahí que cualquier consumidor de electricidad reciba el suministro eléctrico compuesto y originado solidariamente por todas las instalaciones de producción que generan electricidad en el instante en que el consumidor utiliza la energía", agrega.
Por lo tanto, el Consejo entiende que el acceso de un consumidor a la electricidad generada por fuentes renovables sólo puede ser posible en términos comerciales -por medio del llamado "certificado verde"-, no en términos físicos. "En ningún caso puede afirmarse que la energía que un usuario consume sea 'verde', en el sentido de que procede única y exclusivamente de fuentes renovables", concluye.
Ante esta situación, el Consejo de Consumidores y Usuarios exige a las autoridades competentes, en primer lugar, que se incorpore al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/77/CE relativa a la promoción de la electricidad generada a partir de fuentes renovables en el mercado interior. Esta normativa recoge las funciones que cumple el "certificado verde", una de las cuales es "servir para que los productores de electricidad que utilicen fuentes de energía renovables puedan demostrar que la electricidad que venden ha sido generada por fuentes de energía renovables".
Finalmente, el CCU pide que se diseñen y desarrollen, en colaboración con las organizaciones de consumidores, políticas formativas e informativas "en aras de concienciar a la sociedad de la importancia de un consumo sostenible de la energía".
Malestar
Por otro lado, el Consejo expresa su malestar por la conducta del INC respecto a la emisión del informe sobre las campañas de "energía verde". "Dicha conducta consiste en la entrega en exclusiva de dicho informe a Iberdrola el día 25 de octubre, sin que se diera traslado simultáneo del mismo a este Consejo ni a la Comisión Nacional de la Energía (CNE), incluso conociendo que se estaba elaborando un informe sobre esta materia", recuerda el CCU, que insta al INC a que en lo sucesivo exista una colaboración más estrecha sobre la defensa de los intereses de los consumidores.
El documento elaborado por el Instituto del Consumo ha provocado además que el Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid haya desestimado la demanda de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra Iberdrola por publicidad engañosa en su campaña sobre "energía verde". No obstante, OCU ha anunciado ya el recurso de esta sentencia y ha reiterado su exigencia de responsabilidades por las "gravísimas irregularidades" cometidas por la compañía eléctrica.
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