El Supremo condena a la Banca March a eliminar el redondeo al alza en las hipotecas

Deberá devolver a sus clientes las cantidades percibidas en virtud de esta cláusula
Por EROSKI Consumer 4 de enero de 2006

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a la Banca March a eliminar el redondeo al alza en los préstamos hipotecarios y a devolver las cantidades percibidas por este concepto. Se trata de la primera sentencia firme en este sentido en España, según informó la Asociación de Usuarios Bancarios (Ausbanc) de Baleares.

La resolución del TS se basa en la Ley de Condiciones Generales de Contratación de 1998 y obliga a la Banca March a devolver el dinero percibido en virtud de la cláusula de redondeo al alza, que tendrá que dejar de aplicar de inmediato en todos los prestamos hipotecarios en vigor.

El Tribunal no ha admitido el recurso de casación planteado por la entidad bancaria contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de 17 de marzo de 2003, que a su vez confirmaba íntegramente la del Juzgado de Primera Instancia 14 de la capital balear de 27 de noviembre de 2002 y que consideraba ilegal este redondeo.

Miles de familias pueden exigir ahora a la Banca March la devolución de todas las cantidades cobradas en virtud de dicha cláusula de redondeo al alza, así como que se les deje de aplicar en sus préstamos.

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