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El FGD sólo asegura el cobro de 20.000 euros en caso de quiebra bancaria, el mínimo exigido por la UE
Los problemas que están teniendo los bancos a uno y otro lado del Atlántico han llevado a muchos ciudadanos a preguntarse si están seguros sus ahorros. Desde el Gobierno insisten en que no hay que preocuparse, que el sistema bancario español es solvente.
Sin embargo, hay que recordar que en caso de quiebra bancaria, el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que se financia a través de aportaciones del conjunto de la banca y el Banco de España, sólo asegura el cobro de 20.000 euros, que es el mínimo exigido por la Unión Europea (UE).
Esta cifra está también vigente en otros países de la UE como Holanda, Austria, Grecia o Malta. Pero en otros es significativamente mayor, como ocurre en Italia, donde la cobertura llega hasta los 103.000 euros. En el caso de Estados Unidos, la cifra cubierta por quiebra es de 100.000 dólares, aunque aumentaría a 250.000 si finalmente sale adelante el plan de rescate de George W. Bush.
"Muchos de los países de nuestro entorno tienen unos límites más elevados, como se puede ver. Esto proporciona una mayor protección a los pequeños inversores de estos países", explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que ha reclamado al Gobierno que aumente el límite del fondo de garantía.
Los expertos aconsejan a los clientes que tengan más de 20.000 euros ahorrados que los diversifiquen en varias entidades
En su opinión, una cobertura más elevada es clave para proteger de forma adecuada al consumidor. Además, considera que serviría para fomentar la seguridad de las inversiones y, con ello, mejorar la estabilidad del sistema financiero, "algo muy necesario en momentos como los actuales".
OCU cree que lo adecuado sería un aumento del capital mínimo garantizado hasta llegar a 150.000 euros por titular y entidad. "En situaciones de crisis e incertidumbre como la que ahora vivimos, disponer de unos mecanismos de garantía, adecuados y suficientes es lo que permite al pequeño inversor tener la confianza de que sus ahorros no se verán afectados por la posible quiebra de las instituciones que los gestionan", apunta.
En la misma línea se ha posicionado la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae). A su juicio, la única forma de tranquilizar a los consumidores y demostrar la solvencia de la banca en España "es el aumento inmediato de las cuantías garantizadas por el FGD".
Pero mientras esto no cambia y con el fin de evitar sustos, los expertos aconsejan a los clientes que tengan más de 20.000 euros ahorrados que los diversifiquen en varias entidades financieras en paquetes de hasta 20.000 euros.
Precisamente, el presidente de la Comisión Europea, José Manuel Durao Barroso, anunció ayer que se revisará la normativa comunitaria sobre sistemas de garantías de depósitos, aunque no especificó la manera en que se realizaría.
Bruselas quiere hacer mejoras para dar confianza a los ahorradores en materia de rapidez de pagos y nivel de cobertura
Barroso añadió que Bruselas quiere hacer mejoras para dar confianza a los ahorradores en materia de rapidez de pagos y nivel de cobertura. Una de las mejoras en este capítulo podría pasar por establecer plazos para que los clientes cobren su dinero garantizado en caso de quiebra de las entidades, que en Europa llega ahora hasta los seis meses, mientras que en Estados Unidos suele rondar los dos días.
El máximo representante del Ejecutivo comunitario afirmó que "Europa está asumiendo sus responsabilidades ante la crisis y se están llevando a cabo las intervenciones apropiadas cuando las empresas están en dificultades, tanto a nivel nacional como cuando es necesaria la cooperación entre varios países".
La Comisión Europea ha aprobado una reforma de la Directiva sobre Fondos Propios de las entidades bancarias que endurece las condiciones para sus inversiones en productos de alto riesgo, unos de los causantes de la actual crisis financiera global.
Entre las novedades, que tendrán que recibir aún el visto bueno del Consejo de la UE y del Parlamento Europeo, figura la obligación de que las entidades tengan que retener obligatoriamente el 5% del capital de las emisiones de productos de alto riesgo que lleven a cabo, como es el caso de las hipotecas titulizadas.
Además se limita el montante de los préstamos que las entidades pueden realizarse entre sí en el mercado interbancario para intentar diversificar riesgos y, sobre todo, limitar su importe.
En materia de regulación, se creará una especie de Colegio de Supervisores que se encargará de coordinar la vigilancia de los grupos bancarios que operan en varios países europeos.
Otra medida recogida en la directiva es que los fondos propios de las entidades financieras no podrán ser híbridos, es decir, ser a la vez acciones y obligaciones.
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