Saltar el menú de navegación e ir al contenido


Tu canal deEconomía

Buscador

Secciones dentro de este canal: Economía

Formatos dentro de este canal: Economía


Estás en la siguiente localización: Portada > Economía > Familia

Cambiar de idioma

Herramientas sociales

Imprimir Email meneame.net tuenti.com

Pasaporte para perros

Sin este documento el dueño no será sancionado económicamente, pero el animal no podrá viajar

  • Autor: Por MARÍA RODRÍGUEZ PARA CONSUMER.ES
  • Fecha de publicación: 3 de enero de 2005

Desde el pasado 1 de octubre, todas aquellas personas que deseen viajar con su perro a algún país de la Unión Europea deberán hacerlo con su pasaporte o Documento Nacional de Identidad y el pasaporte de su animal de compañía. Una medida que responde a una decisión de la Comisión Europea de 26 de noviembre de 2003, con la que se pretende controlar más eficazmente el número desplazamientos que se realizan con animales domésticos por los países de la UE.

Más control y organización

La decisión ha sido recibida con entusiasmo porque supone un control más efectivo de los viajes intracomunitarios de perros, gatos y hurones. Se trata de un documento mucho más completo que la actual cartilla sanitaria que, además, "en algunas comunidades autónomas, ni siquiera está establecida, como es el caso de Castilla La Mancha", explican desde la Asociación Madrileña de Veterinarios de Animales de Compañía, AMVAC. Y es que son varias las comunidades en la que no hay un modelo de cartilla veterinaria especifico, y en otras como Castilla y León, Extremadura y Murcia, no está normalizada la identificación.

Gracias a este pasaporte, todos los países de la UE dispondrán de unos datos generales comunes de los perros que entran o salen de su país. "Al tratarse de un reglamento que viene de Europa, todas nuestras provincias se deberán ajustar a ella antes o después", aseguran desde AMVAC.

No obstante, se recomienda que antes de iniciar el viaje los dueños de animales domésticos consulten con el consulado del país al que se va a ir o con la compañía aérea con la que vuelen, ya que en algunos los requisitos de entrada del animal son mucho más exigentes. Es el caso de Reino Unido, Irlanda y Suecia, donde se requiere que los animales pasen tests de anticuerpos antirrábicos realizados en laboratorios especiales, en ocasiones, incluso meses antes de iniciar el viaje de partida.

Sin embargo, el pasaporte aprobado por el Parlamento Europeo no sólo es imprescindible para salir de algún país de la UE sino para entrar de nuevo en él si, por ejemplo, se ha permanecido en otro país o continente. "Los propietarios de animales que viajen con ellos a determinados países de Sudamérica y África, entre otros, deberán salir de España -si quieren regresar con el animal- con su pasaporte en regla. Éste debe incluir los datos del microchip, antirrábica y test serológico de anticuerpos de rabia, puesto que si no lo tienen, no les dejarán entrar de nuevo en España", relatan desde AMVAC.

Paginación dentro de este contenido



Otros servicios


Ir al web de Fundación Eroski Fundación EROSKI

Otros servicios secundarios


Validaciones de esta página

  • : Conformidad con el Nivel Triple-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI
  • XHTML: Validación del W3C indicando que este documento es XHTML 1.1 correcto
  • RSS: Validación de feedvalidator.org indicando que nuestros titulares RSS tienen un formato correcto