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Las entidades financieras deben detallar en la pantalla las comisiones cobradas
Se acabaron las sorpresas en los cajeros automáticos. Desde el 30 de octubre, los más de 50.000 cajeros que hay en España deben informar en su pantalla del coste de las operaciones más habituales (sacar dinero y consultar el saldo de la cuenta). Cuando se trate de cajeros distintos a los que han emitido la tarjeta, sólo advertirán el coste máximo que tiene la operación. Los cajeros permitirán anular gratuitamente la operación si el cliente no quiere asumir las comisiones.
Hasta ahora, el usuario que se veía obligado a sacar dinero en un cajero de una entidad o red diferente a la suya sufría un desamparo total. El aparato realizaba la operación requerida sin aclarar si ésta suponía o no algún coste, que, según las comisiones actuales, puede alcanzar hasta un 4,5% de la cantidad extraída.
Tras la denuncia de esta situación por parte de varias asociaciones de consumidores, los ministerios de Economía y de Sanidad y Consumo se pusieron manos a la obra y consensuaron con cajas y bancos la Orden de "Transparencia de los precios de los servicios bancarios prestados mediante cajeros automáticos", que se aprobó el pasado 24 de abril y entró en vigor el penúltimo día de octubre.
La orden ministerial contempla dos casos diferentes respecto de las operaciones de extracción de efectivo (sea con tarjeta de débito o crédito), y de consulta de saldo o movimientos de la cuenta:
En cualquiera de los dos casos, una vez recibida esta información, el usuario podrá anular gratuitamente la operación para evitar las comisiones.
En un principio, las asociaciones de consumidores reclamaron que los bancos informasen en sus cajeros del importe exacto que se cobra por cada operación, independientemente de si el usuario fuera cliente o no. Pero esta reivindicación generaba problemas de competencia, dado que las comisiones pueden ser objeto de negociación entre el cliente y su entidad financiera.
Así, los bancos sólo estarán obligados a informar del importe exacto cuando se trate de operaciones que realizan sus clientes. En el caso de usuarios que sean clientes de otra entidad, la normativa exige que el cajero ofrezca en pantalla las comisiones máximas que se le pueden aplicar.
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