Blanqueo de dinero

Hacienda amplía la suma de dinero en efectivo que se puede ingresar o retirar del país, así como la cantidad de metálico para realizar operaciones dentro del territorio
Por L. Botessi, Carlos Astorelli 23 de marzo de 2007

Desde que entró en vigencia la nueva normativa para la prevención del blanqueo de capitales, los movimientos dentro del territorio español de 100.000 euros o más, y los transportes fuera de nuestras fronteras a partir de 10.000 euros -siempre que ambos sean en metálico-, deben declararse. El incumplimiento de la medida puede significarle al portador la pérdida de la suma o el pago de una multa considerable. La cifra máxima que fijaba la ley de 1993 era de 80.500 euros, pero nunca llegó a aplicarse por falta de un modelo para realizar la correspondiente declaración. La nueva orden ministerial regula el uso del ‘formulario S1’ que puede conseguirse en páginas webs oficiales, oficinas de la Agencia Tributaria y bancos.

Restricciones de pagos en efectivo

Restricciones de pagos en efectivo

Las operaciones en metálico dentro de España tienen un límite, y la entrada y salida de dinero del país también. Cualquier persona podría imaginar que es libre de disponer del dinero ahorrado durante toda su vida y dirigirse con una suma considerable a una inmobiliaria para pagar en efectivo la compra de un piso y asegurarse un bien inmueble determinado, al margen de la inseguridad que implique esta iniciativa. Del mismo modo, un jefe de compras de una empresa, en una situación de apuro, puede pensar en reponer maquinarias abonando su coste en metálico para acelerar su traslado e instalación.

Hasta febrero pasado, cuando entró en vigor la ley aprobada en mayo de 2006, y a pesar de que ya había una ley que limitaba “en teoría” estas operaciones, no se había dispuesto un documento determinado para que el “pagador” registrara este tipo de movimientos. En cambio, a partir de ahora, está obligado por ley a completar el formulario ‘S1’ diseñado por Hacienda a través del cual quedarán asentados sus datos personales y los detalles de la transacción. El objetivo de esta normativa consiste en obstaculizar que el dinero “en negro” -procedente del tráfico ilegal, principalmente- pueda ser blanqueado a través de operaciones aparentemente legales

El objetivo de esta normativa consiste en obstaculizar que el dinero negro pueda ser blanqueado a través de operaciones aparentemente legales

Así, esta orden ministerial limita la cuantía de los movimientos en efectivo realizados dentro del territorio nacional y su transporte fronterizo -tanto su ingreso como salida del país-.

¿Ampliar los límites facilita el blanqueo de dinero?

Para comprender el espíritu de esta medida resulta necesario revisar las normativas anteriores. El reglamento de la Comunidad Europea de 2005 establecía una cifra máxima de 6.000 euros para quien quisiera sacar o ingresar efectivo del país. Pero esta suma era bastante inferior al límite de 15.000 euros recomendado por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), a la vez que podía generar impedimentos operativos a un ciudadano sin ánimo de transgredir la ley.

En el caso hipotético de que un español con cuenta bancaria en Suiza ingresara de manera habitual al país dinero en efectivo por 6.000 euros, ahora podrá hacerlo por 10.000. Del mismo modo, las personas que estuvieran acostumbradas a realizar operaciones en metálico dentro de España por el límite de 80.500 euros, ahora podrán hacerlo hasta 99.999 euros.

Sin embargo, esta aparente paradoja tiene su explicación. Aunque esta ampliación de los límites podría plantear que la norma se ha “reblandecido”, el Ministerio de Economía y Hacienda sostiene que “no supone riesgos relevantes para la prevención del blanqueo de capitales”, ya que estas operaciones fraudulentas suelen ser de cantidades mayores.

Cómo afecta la ley

No sólo las personas o empresas con un alto poder adquisitivo deben tener en cuenta la nueva medida, puesto que concierne, sin excepción, a todos los españoles así como a los extranjeros residentes en el territorio que pretendan transportar o realizar movimientos por sumas en efectivo iguales o superiores a los 100.000 euros, o su equivalente en cualquier otra moneda o a través de cheques bancarios al portador.

unto a esta disposición, Hacienda ha aprobado otra normativa que prohíbe ingresar o sacar del país más de 10.000 euros en efectivo.

Junto a esta disposición, Hacienda ha aprobado otra normativa que prohíbe ingresar o sacar del país más de 10.000 euros en efectivo

¿Qué hay que tener en cuenta antes de iniciar una operación fuera o dentro de España? A continuación se detalla una guía útil para orientar a los ciudadanos sobre cómo actuar ante estas situaciones, para prevenir errores involuntarios que pueden provocar consecuencias nefastas.

Hay que tener en cuenta principalmente qué tipo de operaciones deben ser declaradas. La distinción es clara: las que no igualen ni superen los 100.000 euros no implican ningún tipo de formalización legal. Pero, a partir de esta cifra -o a su equivalente en otra moneda-, el formulario S1 será imprescindible. Este documento se consigue en la Red y se descarga fácilmente desde las páginas de la Agencia Española de la Administración Tributaria (AEAT); del Tesoro Público o del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales. Además puede obtenerse en todas las delegaciones de Economía y Hacienda, dependencias provinciales de Aduanas o en las administraciones de aduanas de la AEAT.

Una vez que se tiene el formulario S1, se completa y pasa a ser un documento tan fundamental como el dinero que requiere la operación. La declaración es gratuita y no está sometida al pago de tasa alguna. Allí deben constar todos los datos requeridos -entre ellos el nombre y apellido, domicilio y detalles acerca del dinero a invertir-. Ninguna casilla puede quedar en blanco. Se trata de una declaración jurada y su incumplimiento o falsedad puede ser penalizada con la quita de una parte o del total del dinero.

Documentación

Esta nueva normativa ha repercutido en la modalidad de pago que se utilizaba hasta ahora cuando se realizaban operaciones de alto coste. Un consumidor que desee iniciar una transacción por esta cifra dentro de España, si no completa el formulario S1 -aun contando con el efectivo en mano-, no podrá completar la transacción. Los sectores que han debido modificar su operativa de forma inmediata ante esta normativa han sido, sobre todo, el inmobiliario, el urbanístico y de transporte de caudales. Además, las entidades de crédito y los notarios deberán exigir esta documentación cuando se realicen movimientos superiores a los límites indicados.

En caso de que el consumidor se niegue a presentarlo o intente falsear alguno de sus campos, se encontrará ante una situación de sospecha de fraude que puede ser remitida por el proveedor al Banco de España, con las consecuencias negativas evidentes y, en algunos casos, irremediables. Además, la persona física que concrete la operación deberá firmar el S1, independientemente de si lo hace para un tercero o en beneficio propio.

Es importante saber que la validez del documento tiene como fecha de vencimiento la que se indique en el apartado número seis, y que únicamente será válida en el lugar en que conste que se realiza la operación y no en otro. Es decir, que si la operación se pospone y se reanuda en otro momento, es preciso completar un nuevo formulario.

Si la operación se pospone y se reanuda en otro momento, es preciso completar un nuevo formulario

De todos modos, la obligatoriedad de rellenar el formulario ‘S1’ no está vinculada únicamente a las operaciones onerosas realizadas dentro de España, sino que también se debe completar en caso de ingreso o salida del país de cifras superiores a los 10.000 euros.

Es fundamental conocer estos detalles porque al traspasar la frontera será necesario presentarse ante la Aduana para concretar la declaración. En caso de que el paso fronterizo no cuente con puestos aduaneros permanentes, este trámite deberá ser realizado vía Internet ante la AEAT o en las dependencias de Aduana más próximas.

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