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Si el banco nos solicita el DNI actualizado para escanearlo y no lo entregamos, puede proceder al bloqueo de las cuentas, aunque siempre debe avisar antes de ello
Imagen: stevepb
Algo tan simple como que el banco tenga escaneado nuestro DNI caducado puede provocar el bloqueo de nuestras cuentas. ¿Cómo es posible? Las entidades tienen la obligación de tener los datos y documentación del cliente, y deben estar actualizados para cumplir con la conocida como "ley antiblanqueo". Por ello, si nos solicitan el DNI actualizado o cualquier otro documento, debemos entregarlo a la mayor brevedad o, de lo contrario, podríamos sufrir el bloqueo de las cuentas, con desagradables consecuencias, como explicamos en estas líneas. Las personas a las que esto ya les ha sucedido solo tienen que presentar el DNI en vigor para desbloquearlas, pero si consideran que no se ha actuado con diligencia, deben saber que pueden reclamar.
¿Que el banco no tenga el DNI actualizado de un cliente es suficiente para que bloquee su cuenta? Pues sí. La ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo obliga a los bancos a tener los datos y documentos actualizados de todos sus clientes. Y, entre ellos, destaca el DNI, que debe tener escaneado y siempre actualizado. En caso de que no lo aportemos cuando lo pidan, "están legitimados para proceder al bloqueo definitivo de la cuenta", comenta Esther Muñoz Rodríguez, socia cofundadora del despacho Justicia Bancaria, especializado en defensa de los consumidores frente a los bancos.
Imagen: jarmoluk
Por supuesto, la entidad no puede bloquear la cuenta sin avisar ni explicar el porqué. Tiene que requerir el DNI y alertar de que, en caso de no entregarlo en el plazo fijado, se bloqueará la cuenta. Si no lo hace y procede directamente al bloqueo, "le podrás exigir responsabilidad por los perjuicios que te haya ocasionado", añade la experta.
"Si te bloquean una cuenta no podrás realizar ningún tipo de operación", advierten los expertos
Por falta de tiempo, desidia u olvido, a veces tras recibir una notificación del banco, dejamos esta gestión aparcada. ¡Craso error! Si no aportamos la copia digitalizada del DNI, la entidad puede "bloquear definitivamente la cuenta y, posteriormente, a su cancelación", advierte Muñoz.
¿Son graves las consecuencias del bloqueo? Por supuesto. Si bloquean una de nuestras cuentas, no podremos realizar ningún tipo de operación con ella. Entre otras, como explicita la especialista, "no podrás cobrar la nómina, ni pagar recibos, no se te permitirá el uso de la tarjeta de débito asociada ni en tandas ni en el cajero, etc.".
Si nos han bloqueado la cuenta por no presentar el DNI actualizado, tendremos que pedir que la desbloqueen. ¿Cómo? Basta con acudir a la entidad y entregar la copia digital del DNI. Eso sí, debe estar vigente, por lo que si no está actualizado, antes debemos renovarlo.
Lo habitual es acudir de manera presencial a la sucursal para que digitalicen el DNI y, si fuera necesario y lo hubieran indicado, actualizar otros datos. Sin embargo, hay entidades que permiten enviar la documentación por Internet.
Una vez que el banco tiene el DNI actualizado, lo más normal es que se proceda, "de forma inmediata, al desbloqueo de la cuenta, aunque no hay un plazo obligatorio en el que deba hacerlo", explica la abogada de Justicia Bancaria.
Imagen: Aymanejed
Si de la noche a la mañana encontramos la cuenta bloqueada y no aceptamos la decisión porque no hemos sido debidamente informados, podemos reclamar. El banco tendrá que demostrar que lo ha notificado. Por supuesto, "si no lo ha hecho, puedes reclamarle por los daños y perjuicios que te haya ocasionado su negligente actuación", señala la experta.
Por otro lado, indica, "la entidad podría ser sancionada por una infracción grave", con un importe mínimo de 60.000 euros o máximo de 5.000.000 euros (o el 10 % de su volumen de negocios anual más un 50 %, si dicho importe es superior).
Además de no tener actualizado el DNI u otros datos, existen otras circunstancias en las que pueden bloquear una cuenta bancaria:
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