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La subida media que tendrán que abonar este año los usuarios en cada factura es de 1,12 euros mensuales, un 3,5% más de lo que pagaron en 2008
- Imagen: Igore Konforti -La luz ha subido 1,12 euros mensuales desde el 1 de enero para cerca de 25 millones de consumidores domésticos, lo que sitúa su factura por encima del 1,5% del encarecimiento de la vida que se produjo durante el pasado diciembre según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Además, este incremento podría no ser el único de 2009, ya que las tarifas se pueden revisar cada tres meses.
La subida del recibo de la luz se produce a primeros de cada año porque es cuando el Estado y los suministradores comienzan el ejercicio fiscal y económico, y cuando ponen en marcha sus previsiones presupuestarias y las adaptaciones de los precios a la inflación. Las subidas, en función de la potencia contratada, han sido las siguientes:
Si se toma como referencia el conjunto de los consumidores domésticos, la subida media es de 1,12 euros mensuales, es decir, un 3,5%. Lo menos alentador es que se espera que haya más subidas, ya que habrá más revisiones trimestrales y, dado el déficit acumulado, con toda seguridad habrá alzas iguales o superiores a la actual, tal y como ha sucedido en anteriores ejercicios (de hecho, durante 2008 subieron un 9%).
Lo menos alentador es que se espera que haya más subidas, ya que habrá más revisiones trimestrales
La desaparición de la tarifa nocturna es otra de las novedades que ofrece al panorama energético nacional. Desde el pasado verano se aplica la tarifa con discriminación horaria, que cuenta con más horas de periodo valle (también llamadas nocturnas) que son más baratas (un 47%, si se comparan con el precio de las tarifas estándar). Por otra parte, las horas de consumo con recargo (o horas punta) se reducen, pasando de 16 a 10 horas, con un recargo sobre el consumo de un 35%. El usuario puede elegir libremente contratar otro tipo de tarifa, aunque es aconsejable que seleccione la nueva tarifa con discriminación horaria, ya que es más económica que cualquier otra, si mantiene la mayor parte de su consumo en el nuevo periodo valle.
De momento no es necesario modificar la instalación para adaptarse a este nuevo sistema de tarificación. Sin embargo, en los próximos meses, las empresas distribuidoras se pondrán en contacto con los usuarios para realizar las siguientes actuaciones:
Puede suceder que cuando se deban adaptar el reloj y el actual contador, sea necesario modificar la potencia contratada, ya que por ley, la potencia que se debe contratar es la máxima que se prevea demandar, ya sea en horas punta o valle. Por lo tanto, si el usuario decide aumentar la potencia contratada no pagaría los derechos correspondientes de acometida asociados a ese incremento de potencia. Sin embargo, a partir de ese momento variará el importe del término fijo de potencia que se pagará en cada factura. Tampoco se tendrá que abonar nada por la adaptación del reloj y el contador. En cuanto a la instalación del ICP, éste puede ser de alquiler o propiedad.
Para poder ahorrar en la factura de la luz, el mercado energético nacional dispone de una serie de tarifas de carácter social, aunque en la práctica son muy pocos los hogares que pueden acceder a ellas, ya que es difícil reunir los requisitos necesarios para disfrutar de sus condiciones. Las tarifas sociales (las que tienen contratada una potencia inferior a 3 kilovatios y cumplen determinados requisitos) crecieron el 2,9%, mientras que las de los consumidores con potencias por debajo de 1 kilovatio aumentaron el 2,7%.
La Tarifa de último Recurso es una tarifa única para todo el territorio español establecida por orden ministerial. Los consumidores con derecho a acogerse a la misma son todos aquellos conectados a gasoductos de presión menor o igual a 4 bares, grupo en el que se incluye a todos los consumidores domésticos de gas. Sin embargo, hay un calendario por el cual, en los próximos dos años, se limita progresivamente el perfil del cliente con derecho a acogerse a dicha tarifa. Por lo que respecta a la tarifa social, establece la gratuidad del término fijo de potencia (Tp), por lo que sólo se facturará por el consumo eléctrico realizado (Te). Asimismo, al contratar esta tarifa se obtiene la exención del pago de los primeros 25 kilovatios por hora de cada bimestre. Pero sólo es aplicable a suministros domésticos de baja tensión contratados por personas físicas que cumplan, simultáneamente, con los siguientes requisitos:
La contratación de la tarifa social conlleva algunos inconvenientes, entre los que cabe destacar el hecho de su temporalidad, ya que sólo se puede disfrutar mientras se cumplan todas y cada una de las condiciones establecidas por ley. Asimismo, el cliente está obligado a comunicar a su empresa suministradora el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos en el plazo máximo de 15 días. Además, el periodo de aplicación de esta tarifa desde su concesión es de un año, ya que no está establecida aún la continuidad de la tarifa por periodos superiores.
Respecto al mantenimiento de la instalación, el consumidor es el último responsable de la custodia de los equipos de medida y control, y el propietario de los mismos lo será de su mantenimiento. Por ello, en el caso de comprobarse un funcionamiento incorrecto, se procederá a efectuar una refacturación complementaria.
Si se hubiesen facturado cantidades inferiores a las debidas, la diferencia a efectos de pago podrá ser prorrateada en tantas facturas mensuales como meses transcurrieron en el error, sin que pueda exceder de un año el aplazamiento ni el periodo a rectificar.
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