Empleadas domésticas

Un ejército silencioso de mujeres
Por EROSKI Consumer 6 de mayo de 2002

Trabajo sin contratos, salarios bajos, exceso de horas… son algunas de las características del trabajo que desarrollan las empleadas de hogar. Estas condiciones se agravan cuando la trabajadora es inmigrante y teme exigir sus derechos. En estos casos las exigencias de los empleadores se deslizan por terrenos que bordean la indignidad.

Las cifras

Las cifras de empleadas domésticas en España bailan. No son fiables. Datos del sindicato UGT de octubre de 2001, basados en la encuesta de la EPA, cifran la cantidad de mujeres que se dedican a la limpieza de hogares ajenos en 342.000 personas, un 6,26% de las mujeres ocupadas.

Pero estas cifras no pueden ser reales dado el elevado número de mujeres que trabajan en casas particulares por horas. Estas mujeres no cuentan con un contrato, por lo que su trabajo pasa a engrosar las cifras de la economía sumergida. En algunas ocasiones, las mismas trabajadoras prefieren esta situación porque su sueldo es una aportación en “negro” a la economía familiar. Otras cuentan con una pensión de viudedad escasa y un contrato les impediría cobrar dicha pensión. Pero en muchos casos, el contrato no se plantea jamás. Esta situación provoca numerosos abusos, jornadas interminables, precios por los suelos, y en el caso de las mujeres inmigrantes sin papeles, sobreexplotación, conculcación de los derechos laborales y salarios indignos.

Empleada de hogar

Por empleada de hogar, término que prefieren frente a otras denominaciones, se entiende la persona que a cambio de un salario realiza las labores atribuidas a un ama de casa particular. Este tipo de trabajo ha sido durante años exclusivo de mujeres que, necesitadas de unos ingresos, prestaban dichos servicios sin conocer sus derechos como trabajadoras. Sin embargo, estas personas, como cualquier otro trabajador, cuentan con una norma que regula sus quehaceres.

La obligación de dar de alta en la Seguridad Social a la empleada de hogar depende de la forma en que ejerza el trabajo. Si lo realiza de manera permanente en un solo domicilio y por más de 20 horas a la semana, es la persona que contrata quien está obligada a dar el alta. En cualquier caso, esta obligación se extiende a cualquier empleador y por cualquier tiempo, ya que mientras no se superen las 10 horas cotizadas por día, un trabajador puede contar con varios contratos parciales y cotizar por cada uno de ellos. Por ejemplo, una empleada de hogar puede acudir a un domicilio todos los días durante cuatro horas por lo que tiene derecho a un contrato de media jornada. Si, además, acude dos tardes durante cuatro horas a otro domicilio, puede exigir un contrato por 8 horas semanales (se pueden hacer contratos hasta por una hora).

Régimen Especial de Empleadas de Hogar

Pero como estos casos son los menos, la legislación española prevé una forma de proteger a las empleadas de hogar a través del Régimen Especial de Empleadas del Hogar. A través de este sistema peculiar, una trabajadora paga un seguro, semejante al que pagan los profesionales autónomos, aunque de menor cuantía. Actualmente esta cotización no supera los 110 euros al mes y sólo asegura una jubilación -escasa-. Como en el caso de los profesionales autónomos, no pueden cobrar baja por enfermedad hasta el 29º día, excepto en caso de maternidad, y el Régimen no contempla el derecho a desempleo ni las enfermedades laborales.

De este modo, Carmen Sánchez, responsable del área de Empleadas de Hogar y Limpieza de la Federación de Servicios de UGT-PV, confirma que, después de varios años de trabajo en hogares, las personas que se dedican a estas labores sufren de las cervicales, la espalda, la muñecas y los brazos. Sin embargo, recientes sentencias de varios tribunales españoles han desestimado pensiones de invalidez por entender que “el trabajo del hogar no implica esfuerzo físico al poder ayudarse con los electrodomésticos”. Cualquier ama de casa sabe que la ropa no va sola a la lavadora, no hay invento que limpie los cristales, haga la cama, la comida, friegue el suelo o limpie los rincones de la mampara del baño, por poner algunos ejemplos.

En la mayor parte de los casos tampoco se respeta su derecho a indemnización por despido o ni son avisadas con 15 días de antelación de que están despedidas. Carmen Sánchez confirma que lo normal es que el empleador haga una llamada y simplemente rescinda la relación laboral de un día para otro.

Contrato y salarios

El salario aproximado de una empleada de hogar que acude a un domicilio de forma regular y a jornada completa es el Salario Mínimo Interprofesional: 442 euros al mes. Con este contrato, una trabajadora tiene derecho a 30 días de vacaciones al año y dos pagas extras por valor de 15 días laborales cada una. Este SMI no impide que un empleador pueda, como en cualquier otro trabajo, incrementar las percepciones. En el caso de empleadas internas, el salario puede alcanzar los 900 euros al mes con un día y medio de descanso por semana y las mismas condiciones de vacaciones y pagas.

Por el contrario, una misma trabajadora que desarrolle sus tareas de limpieza a través de una empresa encargada del mantenimiento de oficinas percibirá netas al mes 619 euros por convenio, más 73 euros por desplazamientos, tres pagas extra anuales, 30 días de vacaciones y jornada de 39 horas semanales.

Otra modalidad es la de empleadas de hogar que realizan su trabajo de forma discontinua en diversos domicilios. En este caso cobran en función de los hogares que visitan cada semana y las horas trabajadas. Las tarifas por horas oscilan entre 6 y 9 euros por hora. De este modo, una mujer que cobre una media de 7 euros por hora y tenga jornadas de ocho horas diarias, durante los cinco días de la semana, podría llegar a ganar 1120 euros al mes. Sin embargo, las empleadas de hogar entrevistadas para elaborar este reportaje que desarrollan su actividad de este modo han confirmado que ninguna cuenta con ocho horas diarias de trabajo y que aunque fuera así, lo habitual es no trabajar en agosto y perder muchas horas por fiestas (Navidad, Semana Santa, Fiestas locales, verano) que, por supuesto, no cobran.

Las empleadas que acuden a la limpieza de domicilios a través de empresas son las menos, ya que las propias empresas desestiman este trabajo. Y, si a pesar de todo se logran superar las reticencias y una empresa accede a enviar una empleada a un domicilio particular, pueden cobrar la hora a un precio que oscila entre los 9 y los 13 euros, de los que sólo 4 euros irán a parar al bolsillo de la empleada del hogar.

Perfil de una empleada de hogar

Hasta hace una década el trabajo doméstico era tarea de mujeres mayores, sin formación que, por diversos problemas (viudez, falta de otros recursos, huida del campo a las ciudades, etc,..) se veían avocadas a realizar este trabajo, según Carmen Sánchez, de UGT- PV. Sin embargo, este perfil ha cambiado. Aunque se mantiene en algunos casos niveles de formación bajos, muchas empleadas domésticas ha elegido esta opción laboral después de un divorcio o tras de un largo periplo de empleos con menor remuneración. El siguiente perfil de mujer dedicado a las tareas de hogares ajenos es el de mujeres inmigrantes.

Nigeria, Ecuador, Colombia, así como Rumanía y Polonia son los países de procedencia de las nuevas empleadas de hogar. Debido a su procedencia, estan mujeres se ven sometidas a abusos laborales y humillaciones personales. Según Karla, de Cáritas Valencia y miembro de una orden religiosa, muchas de las mujeres que acuden a España, sobre todo latinoamericanas, cuentan con un buen nivel de estudios. “Hay chicas que tienen secundaria, pero también hay muchas mujeres maestras, enfermeras, profesoras, licenciadas de todo tipo… Mujers con muy buena cualificación profesional que se dan perfecta cuenta de los abusos que se cometen contra ellas”. Algunas de las entrevistadas para este reportajes (Mirta, Ivana o Rosario) nos han explicado los problemas para acceder a entrevistas de trabajo. Cada vez es más habitual leer en los anuncios de ofertas de empleo la coletilla “abstenerse extranjeros”.

Los abusos se inician en el apartado pecuniario para seguir por un exceso de demandas. Si una empleada de hogar española cobra una media de 7 euros, lo más probable es que a una ecuatoriana o venezolana no le paguen más que 3 euros por hora. Este abuso se basa en la inexistencia de “papeles”.

Otra de las humillaciones a las que las trabajadoras inmigrantes se ven sometidas es al rechazo continuo de sus demandas de empleo. Según Karla, (ella misma es una hermana venezolana) cuando ella realiza la labor de intermediación laboral ha de citar como primer aval a la ONG cristiana Cáritas, porque su propio acento la delata como extranjera y aparecen los reparos.

En este sentido, Karla ha explicado para CONSUMER EROSKI los requisitos que se exigen a las empleadas domésticas extranjeras para acceder a una entrevista de trabajo: “Lo primero es que tratan de evitar que la persona que acceda sea negra, así que exigen un conocimiento del castellano total, de este modo las inmigrantes subsaharianas no pueden acceder. Los empleadores solicitan información sobre su lugar de residencia, exigen que estén dispuestas a aceptar un horario flexible, es decir hacer más horas por el mismo precio, estipulan un salario muy bajo, sobre todo si no hay papeles ni residencia legal y tratan de contratar a mujeres que no tengan familia en España. El motivo es que las preocupaciones familiares las pueden distraer de sus tareas laborales.” Karla nos ha confirmado que en estos momentos, las extranjeras con menos problemas para acceder a tareas de empleadas domésticas son las que proceden de Europa del Este, mientras que las nigerianas difícilmente encuentran trabajo como empleadas del hogar.

Por su parte, Carmen Sánchez advierte a los empleadores de mujeres sin papeles de que “ellos son los que salen perdiendo, porque si durante un tiempo han pagado salarios bajos y han exigido más de la cuenta, cuando una mujer dispone de los papeles y de toda su documentación en regla, puede acudir a denunciarles”. Reconoce que no son muchos los casos de mujeres inmigrantes que acudan al sindicato a conocer sus derechos, pero desde esta formación se sabe que “los abusos existen.” La sindicalista de UGT-PV denuncia que muchos empleadores optan por inmigrantes sin papeles porque “resultan más baratas, pero como sus costumbres son diferentes a las nuestras, sus resultados tampoco son iguales”.

Precisamente para evitar esa falta de conocimientos en las costumbres de las casas españolas, Cáritas organiza desde hace meses cursos de formación para mujeres inmigrantes sobre el trabajo doméstico, la comida, la atención a los niños y la forma de atender un hogar español. Karla cuenta que difícilmente una mujer ecuatoriana que nunca ha tenido suelo de gres y cocina vitro cerámica podrá saber cómo se mantienen y limpian estas superficies. Es tan sencillo como eso.

Rentabilizar la inversión

Otra forma habitual de abuso entre los que contratan a empleadas del hogar es una ampliación de sus tareas, sin que repercuta en su salario. Si quien contrata descubre que la empleada de hogar tiene conocimientos de idiomas le pedirá que ayude a los niños en sus deberes, o si era decoradora le sugerirá ayuda para su casa.

Una de las inmigrantes entrevistadas señala que “los señores acá confunden el tipo de trabajo para el que nos contratan”. “Nos pagan por limpiar, no por enseñar a sus niños. Si ellos quieren yo prefiero cambiar la tarea, pero no se cobra lo mismo por reforzar las clases de matemáticas y lengua que por limpiar la casa”, apunta una trabajadora que en su país de origen era profesora de infantil.

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