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Por ley, los envases han de ser reciclables o retornables
Las calles están llenas de contenedores de todos los colores donde se depositan las basuras que, previamente, debemos separar los usuarios. La mayoría de municipios cuentan con sistemas de recogida selectiva, se han construido plantas de selección de materiales y difundido campañas de sensibilización ciudadana. Se trata de paliar el impacto medioambiental, ocasionado en un 50% por recipientes y embalajes, y obedece a la Ley 11/97 de Envases y Residuos de Envases que obliga a todas las empresas envasadoras a recuperar los residuos de envases que ponen en el mercado. Una de las alternativas es la tradicional entrega del "casco" pero, por problemas de logística, ha quedado reducida en España al sector hostelero. La recuperación depende ahora de los consumidores.
Por mucho que nos disguste, no podemos prescindir de los envases porque facilitan el almacenaje y uso de la mercancía, protegen las cualidades intrínsecas del producto y garantizan que éste llegue con todos sus atributos al consumidor. Tal y como lo definió el diseñador y empresario inglés James Pilditch, el envase es el "vendedor silencioso" del producto; un poderoso instrumento de marketing que trata de incitar a la compra e informar sobre el producto y marca.
Además de estas ventajas, los envases originan gran parte del deterioro medioambiental actual porque constituyen más de un tercio en cuanto a peso y más de la mitad respecto al volumen de la bolsa de basura de un domicilio. Y esto a pesar de que la producción de residuos domésticos o residuos sólidos urbanos (RSU) se ha estabilizado en los últimos años alrededor en comparación con las cifras de 1998, que ubicaban el peso de la basura en 1,200 kilogramos por habitante al día, según cifras del Ministerio de Medio Ambiente. Además, se genera contaminación en el proceso productivo de embalajes y recipientes y una vez usados se convierten en residuos.
Recuperación, por ley
La preocupación por estos recipientes no es recuente. Fue a comienzos de los años 90 cuando Europa plasmó en su normativa la preocupación por los residuos de envases. La UE trató de unificar las legislaciones nacionales mediante la Directiva 94/62/CE. Más tarde se aprobó en España la Ley 11/1997 de Envases y Residuos de Envases y su posterior desarrollo a través del Real Decreto 782/1998, de 30 de abril y de la Orden ministerial de 27 de abril de 1998. La normativa obligaba a España a cumplir unos objetivos para mediados de 2001:
Con el desarrollo del reglamento, a partir del 1 de mayo de 1998, tanto envasadores como comerciantes de productos envasados quedan obligados a adoptar alguno de los procedimientos siguientes:
En España hay dos entidades sin ánimo de lucro que gestionan estos SIG, Ecovidrio y Ecoembes. Estas entidades establecen:
A pesar de que la ley impone como obligación general el sistema de retorno de los envases y de que establece el reciclaje como una alternativa excepcional, la aplicación práctica de la misma ha hecho de la excepción la regla general.
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