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Manipular estos dispositivos mientras se conduce conlleva una multa de hasta 300 euros y la retirada de tres puntos del carné
El año pasado se vendieron en España 635.000 navegadores, un 11,4% más que en 2005, y las previsiones apuntan a que en 2007 se despacharán 1,1 millones de unidades. Pese a este considerable incremento de las ventas, nueve de cada diez conductores no conocen ninguna norma legal que afecte a estos sistemas y sólo uno de cada cuatro ha recibido algún tipo de información sobre su uso, según un estudio realizado por el Real Automóvil Club de España (RACE) y la compañía Blaupunkt.
Ignacio Díaz-Pinés, director general del RACE, considera necesario que "la Administración adapte la normativa legal existente sobre seguridad vial a estos nuevos dispositivos para cubrir las lagunas existentes". El artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial considera infracción conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, el uso de dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio o sistema de comunicación que implique su uso manual. "Se entiende que los navegadores están inmersos en otros medios o sistemas de comunicación", precisa Díaz-Pinés.
Durante la presentación del estudio, Antonio Lucas, coordinador de Seguridad Vial del RACE, concretó que el 40% de los accidentes en carretera se producen por distracciones del conductor que pueden abarcar desde encender un cigarrillo o cambiar la emisora de radio hasta activar el navegador. "La Administración va por detrás del avance de las nuevas tecnologías y, por ello, reclamamos que sean capaces de legislar, sin centrarse tanto en sanciones y sí en aconsejar sobre el buen uso de estos dispositivos", señaló Lucas.
La Ley de Seguridad Vial considera infracción grave, con multa de entre 91 y 300 euros y retirada de tres puntos del permiso de conducir, la utilización del navegador mientras se conduce y, sin embargo, no penaliza la manipulación de los botones de la radio.
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