Saltar el menú de navegación e ir al contenido

CONSUMER EROSKI, el diario del consumidor

Buscador

Boletines

| Baja | Más opciones |

(Motor)


Cambiar de idioma

Otras utilidades


Hoy se aprueba la reforma del Código Penal que endurece las sanciones para los conductores temerarios

Conducir a más de 200 kilómetros por hora en autovía o con más de 1,2 gramos de alcohol en sangre conllevará penas de cárcel

  • Última actualización: 23 de noviembre de 2007

El Congreso de los Diputados dará hoy el visto bueno definitivo, tras su paso por el Senado, a la reforma del Código Penal en materia de Seguridad Vial, por la que se endurecen las sanciones por conducción temeraria, con penas de cárcel en los casos más graves.

Así, conducir a más de 200 kilómetros por hora en autovía, a más de 180 en carretera y a más de 110 en vía urbana conllevará penas de cárcel. También terminarán entre rejas quienes conduzcan con más de 1,2 gramos de alcohol en sangre.

Igualmente, se considerará delito penal conducir un vehículo habiendo perdido todos los puntos del carné o sin tener el permiso, supuestos que se castigarán con medidas de tres a seis meses de cárcel.

En vigor al día siguiente

La Cámara Baja dará además el visto bueno a las modificaciones introducidas en el Senado, entre las que se incluye la enmienda que insta al Gobierno a impulsar una revisión de la señalización vial y de la normativa reguladora de los límites de velocidad.

El Senado concluyó que las normas que regulan los límites de velocidad en toda la geografía española deben ser revisadas para adecuarlas a las exigencias derivadas de una mayor seguridad vial.

Otra de las modificaciones que se registró en el texto a su paso por el Senado es que la ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación para todos los conductores, a excepción de aquellos que conducen sin haber obtenido el permiso. Para estos, la ley se pondrá en marcha el 1 de mayo de 2008 con el objetivo de incentivarles a que se saquen el carné y para impulsar el cumplimiento de la normativa penal.

30.000 conductores sin carné

En la actualidad hay más de 30.000 personas que conducen en España sin estar en posesión del correspondiente permiso, según los datos que maneja la Dirección General de Tráfico (DGT), cuyo responsable, Pere Navarro, considera que es una conducta "incívica e insolidaria" a la que hay que poner coto a través de medidas legales como la reforma del Código Penal.

Durante la presentación de la "Guía Integral para la Atención a las Víctimas de Accidentes de Tráfico", Navarro se mostró convencido de que las nuevas penas de prisión harán recapacitar a estos ciudadanos, dado que las multas, que en la mayoría de los casos nunca se pagan, han resultado absolutamente ineficaces.

"Hay alguno que incluso tiene más de 40 denuncias en un año por ir sin carné", confesó el director de la DGT, que descartó que existan colectivos con dificultades culturales o sociales para sacarse el permiso. En este sentido, recordó que su organismo ha puesto en marcha sistemas y fórmulas para que personas analfabetas o que no conocen bien el idioma, puedan aprobar el carné y conducir legalmente.

En el mismo acto, el fiscal coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, precisó que el endurecimiento de las penas para los conductores temerarios tiene una misión "preventiva y disuasoria", así como "rehabilitadora".

Conductas que llevarán a la cárcel

Exceso de velocidad: Conducir un vehículo o motocicleta a más de 200 kilómetros por hora en autovía, a más de 180 en una carretera convencional y a más de 110 en vía urbana. Penas de tres a seis meses de prisión, multa de seis a 12 meses, trabajos a favor de la comunidad de 30 a 90 días y retirada del carné entre uno y cuatro años.

Alcohol: Conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, cuando la tasa sea superior a los 1,2 gramos por litro. Penas de prisión de seis a 12 meses, trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y suspensión del carné de uno a cuatro años. No someterse al test de alcoholemia o de drogas puede conllevar de tres a seis meses de cárcel.

Temeridad manifiesta: Quien ponga en peligro la vida de terceros será castigado con penas de cárcel de seis meses a dos años y su licencia quedará suspendida por un tiempo de entre uno y seis años. La pena puede elevarse a cinco años de prisión y retirada del permiso de seis a diez años si el juez considera que el conductor actuó "con consciente desprecio por la vida de los demás".

Sin carné: Circular sin permiso, por haber perdido todos los puntos del carné o no tenerlo. En este caso se castigará con penas de tres a seis meses de prisión, multa de 12 a 24 meses y trabajos para la comunidad de 30 a 90 días.

Obstáculos imprevistos: Colocar en la calzada obstáculos imprevisibles, derramar sustancias deslizantes o inflamables, o anular una señalización estará castigado con hasta dos años de cárcel, multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio social de 10 a 40 días.



Recursos de esta página



Validaciones de esta página

  • Accesibilidad: Conformidad con el Nivel Triple-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI
  • XHTML: Validación del W3C indicando que este documento es XHTML 1.1 correcto
  • CSS: Validación del W3C indicando que este documento usa CSS de forma correcta
  • RSS: Validación de feedvalidator.org indicando que nuestros titulares RSS tienen un formato correcto