La Ley de Tráfico aumenta la cuantía de las multas

La actual Ley de Tráfico busca como objetivo principal reducir los accidentes y lograr una circulación más fluida
Por EROSKI Consumer 28 de febrero de 2003

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Entre las principales novedades que introduce esta ley, tenemos las siguientes

–Se prohíbe utilizar teléfonos móviles o cualquier otro sistema de comunicación mientras se conduce, salvo que la comunicación se pueda llevar a cabo sin el uso de las manos, caso, auriculares o instrumentos similares. Esta prohibición busca evitar que las manos se levanten del volante y por lo tanto, descuidos y distracciones fatales.

–El descuento por «pronto pago de las multas» pasa del 20% al 30%, y para acogerse a este descuento se debe pagar antes de que se dicte una resolución sancionadota de la denuncia. Por tanto, si nos ponen una multa con razón, lo mejor es asumirla y pagar, con lo que nos ahorramos un 30%.

–Se permite reducir la cuantía de la multa en un 30% si ésta no produjo quedarse sin carnet o licencia de circulación, sustituyendo ese 30% por cursos en materia de seguridad vial Esto lo debe solicitar la persona sancionada.

– Todos aquellos conductores que cometan infracciones «graves» o «muy graves» podrán quedarse sin el carnet de conducir o sin la licencia de conducción hasta 3 meses.

–Es muy grave llevar un 50% o más ocupantes de más, sobre el máximo del vehículo. Ejemplo: Llevar 7 personas en un coche de cinco.

–Superar la velocidad máxima permitida en más de un 50% se considera «muy grave», cuando se haya superado en más de 30 Km/h dicho límite. P.e.: En autopistas es muy grave ir a 180 Km/h (Límite 120 Km/h, se supera en el 50% y más de 30 Km/h).

–Las imágenes obtenidas por radares sirven para multar si se identifica al conductor, y no nos tienen porque parar para multarnos (puede llegar la multa a casa). Las multas por aparcar mal también se pueden notificar con posterioridad.

–Las multas impuestas a los hijos serán exigibles también a padres y/o tutores, etc.

–Cuando se presta el coche a alguien, si éste comete una infracción el dueño del coche debe decir quién conducía. En caso de no hacerlo, sin una causa justificada (por ejemplo: se lo robaron y no sabe quién), será sancionado con 301 euros (máximo de falta grave).

–Aumentan los plazos en los que prescriben las multas ( 3 meses las «leves, 6 meses las «graves» y un año las «muy graves»).

–Mejora la protección a los ciclistas que entre otras cosas pueden circular en grupo y circular por autoría si no figura una señal que expresamente lo prohíba.

–El permiso de conducir se puede perder de manera definitiva haciendo tres infracciones muy graves en 2 años. Sin embargo, se puede recuperar siguiendo cursos de reciclaje en centros autorizados.

Cuantía de las multas

La ley como hemos visto es una ley más dura, pues recoge más casos de sanción que anteriormente (móviles, etc), también porque aumenta la cuantía de las multas. Sin embargo, es una ley flexible porque al infractor le permite liberar parte de su multa, o lograr que le devuelvan el carnet, haciendo clases de reciclaje . Asimismo, aumenta los descuentos por «pronto pago».

Por nuestra parte, debemos conocer a que nos exponemos. En el cuadro de abajo se detalla en qué consisten las distintas sanciones.

A partir de ahora, debemos tener mucho cuidado, pues un radar puede estar acechándonos en cualquier lugar oculto y pillarnos desprevenidos. Cada uno sabrá lo que debe hacer, pero la ley está para cumplirla y las multas para que las pague quién se la salte. Por nuestra parte desearles un «buen viaje».

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