Niños en el coche, siempre protegidos

La Fiscalía de Seguridad Vial podría quitar la tutela a quienes reciban tres sanciones por no llevar o usar un sistema de protección adecuado para los niños
Por Pablo Pico Rada 13 de junio de 2012
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Imagen: Jessica Merz

Tolerancia cero para los padres que no protejan a sus hijos en el coche. La Fiscalía de Seguridad Vial ha dado a conocer un estudio en el que constata que el 46% de los niños fallecidos en accidente de tráfico no usaba ningún sistema de retención infantil (SRI). A raíz de dicho informe, plantea llegar a la suspensión o la retirada de la tutela a los padres que sean sancionados al volante al menos en tres ocasiones, cuando los hijos resulten fallecidos o heridos graves al incumplir o no utilizar el sistema de protección pertinente en los automóviles. Esto es, no portar la correspondiente “sillita” de forma apropiada y adecuada a la edad del niño. La proposición es que sean examinados por la Fiscalía de Menores que valorará la adopción de medidas de protección, como vigilancia protectora o suspensión de tutela.

1. Las cifras que se deben combatir

El último informe sobre siniestralidad infantil de la Fiscalía de Seguridad Vial, basado en la información de siniestros investigados judicialmente, ha sacado a la luz unos datos que ponen de manifiesto la magnitud del problema. Hasta 60 niños menores de 14 años murieron en accidentes de tráfico en 2009. Y la cifra de 2010 es aún peor, 79 menores fallecidos, según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT). Máxime cuando el número de víctimas de tráfico ha bajado de forma notable los últimos años.

Hasta 79 niños menores de 14 años murieron en accidentes de tráfico en 2010

Unos guarismos que evidencian un uso inadecuado de los dispositivos de seguridad en los vehículos por parte de los padres. De los casos analizados por la Fiscalía en su estudio realizado entre 2008 y 2010, el 46% de los menores no utilizaba ningún sistema de retención infantil y, de los que lo hacían, solo el 18% lo usaba de modo apropiado.

2. ¿Qué cambios se producen con las nuevas sanciones?

  • Tres multas podrían hacen perder la tutela.

    La proposición de la Fiscalía de Seguridad Vial se basa en que los padres que sean multados (260 euros y pérdida de tres puntos por cada infracción) hasta en tres ocasiones por no llevar a sus hijos con los sistemas de retención adecuados, sean examinados por la Fiscalía de Menores para que esta valore adoptar determinadas medidas, como la vigilancia protectora o la suspensión de tutela.

    El delito o falta se imputará a los padres o tutores legales del niño que viajen en el vehículo, «aunque no conduzcan»

    Esto implicaría que las autoridades de tráfico tendrían que remitir a la Fiscalía de Seguridad Vial los expedientes de los padres que, de manera «reincidente», infringieran esta norma. Así, a instancias del fiscal, se podrían iniciar diligencias preprocesales y, en función de las circunstancias, pasar el caso a la Fiscalía de Menores, donde se adoptarían las medidas que considerase oportunas. Es decir, las medidas disciplinarias implicarían tres sanciones al conductor (multas) por omisión o mal uso de la seguridad.

  • De uno a cuatro años de prisión.

    La Fiscalía pedirá una investigación en profundidad de los accidentes de tráfico en los que haya implicados niños menores de 14 años, que incluirá un estudio en la autopsia del peso y talla de los menores o fotografías detalladas de la «sillita». También exigirá a los fiscales que soliciten penas más graves en los casos en los que se determine que el pequeño no hubiera sufrido lesiones graves o hubiera salvado la vida si hubiera llevado un sistema de retención adecuado.

    Ese agravamiento podría traducirse, en caso de que además el conductor hubiera cometido un exceso de velocidad o consumido alcohol, en una condena por homicidio imprudente (de uno a cuatro años de prisión, según el artículo 142 del Código Penal y de uno a seis de privación del derecho a conducir) o lesiones imprudentes (penas de seis meses a dos años de prisión y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años).

  • El delito se imputa a los padres.

    La Fiscalía señala que el delito o falta se imputará a los padres o tutores legales del niño que viajen en el vehículo, «aunque no conduzcan», puesto que, como indica el Código Civil, son ellos quienes deben velar por el menor. Además, no podrá achacarse el desconocimiento como motivo de excusa.

3. ¿Cuándo entrará en vigor?

La Fiscalía de Seguridad Vial está en pleno proceso de investigación de los distintos informes y estudios que maneja, al tiempo que está inmersa en trabajos con la Dirección General de Tráfico (DGT).

Todo ello con vistas a la presentación de sus propuestas de reformas legislativas definitivas para reducir los fallecimientos infantiles en accidentes a finales de este mismo año.

4. ¿Nueva normativa en los servicios públicos de transporte?

  • Modificación en la Ley de Tráfico.

    La Fiscalía propondrá que todos los menores de tres años que suban a bordo de un taxi o de un autobús urbano deban viajar con sistemas de retención adecuadamente homologados para su edad. Para ello, buscarán una modificación en el artículo 11 de la Ley sobre Tráfico, mediante una regla específica que establezca la obligatoriedad del conductor (en transporte público o privado) de llevar sistemas de retención infantil adecuados a la talla y peso de cada menor que viaje.

  • Modificación en el Código de Circulación. La Fiscalía de Seguridad Vial persigue hacer extensible ese mismo cambio al Código de Circulación e introducir la obligatoriedad en la utilización por parte de los taxistas de sistemas de retención infantil.

Consejos para sistemas de retención con niños

Según el estudio de la Fiscalía, hasta un 51% de los niños fallecidos, la mayoría de uno y dos años, podrían haber salvado su vida si hubieran llevado los elementos de protección. Desde la propia DGT ofrecen información detallada sobre los sistemas de retención infantil. En su propia web, pueden visualizarse distintas recomendaciones. Además de estas, deben tenerse en cuenta las siguientes:

  1. A partir de los 135 centímetros o 12 años de edad, los menores podrán utilizar solo el cinturón de seguridad de adultos sin la silla infantil en los asientos traseros.

  2. El sistema de retención infantil debe estar homologado por las Naciones Unidas, con identificación ECE R44/04. Los principales parámetros para la correcta elección de la silla infantil son el peso y estatura del niño.

  3. Hay que evitar errores comunes como colocar al niño en el mismo sentido de la marcha antes de la edad adecuada, no fijar bien los arneses, viajar con el niño en brazos o en el regazo, utilizar una silla no acorde al peso del niño, sujetar la sillita infantil al asiento del vehículo dejando unas holguras excesivas…

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