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La modificación del Reglamento de Conductores aprobado el 2 de julio ha modificado las pruebas que deben superar los futuros conductores para adaptarlas a la normativa europea.
Aprobado en el Consejo de Ministros celebrado el 2 de julio la entrada en vigor de estas modificaciones se producirá a lo largo del mes de octubre, tres meses después de su publicación en el BOE.
En cuanto a los contenidos teóricos, se añaden expresamente algunos como la conducción en túneles y la conducción económica, conocimientos de mecánica de acuerdo con el equipamiento de los vehículos más modernos, los factores de seguridad relativos a la carga y la actuación en caso de accidente en los vehículos de transporte de viajeros.
Respecto a la prueba práctica, se han modificado las maniobras correspondientes a la prueba de control de aptitudes y comportamientos en circuito cerrado, especialmente en cuanto al permiso de conducción de las clases A1 y A. (Motocicletas) Igualmente se han ampliado las aptitudes y comportamientos que deben ser objeto de evaluación en la prueba de circulación en vías abiertas al tráfico general.
También en aplicación de la mencionada Directiva se modifican los requisitos que deben reunir los vehículos de examen para la obtención del permiso de conducción de las clases C1, C, D1, D y E.
Se establece un plazo de cinco años para la implantación de las nuevas maniobras para la obtención del permiso de conducción de las clases A1 y A y otro de diez para que los vehículos de examen, actualmente dados de alta en las escuelas de conductores, se adapten a las nuevas exigencias.
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