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Las dudas sobre la ley antitabaco colapsan las líneas telefónicas abiertas por Sanidad para realizar consultas

Plantean, entre otras cosas, si se puede fumar en tanatorios o vender cigarrillos de chocolate

  • Fecha de publicación: 30 de diciembre de 2005

Las ocho líneas del centro de atención telefónica instalado por el Ministerio de Sanidad y Consumo para informar a los ciudadanos sobre la ley antitabaco y responder a sus dudas permanecieron colapsadas durante todo el día de ayer. Para Rodrigo Córdoba, presidente del Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo (CNPT), la abundancia de dudas es lógica debido al poco tiempo transcurrido entre la aprobación de la norma y su aplicación.

El ritmo de atención era de una llamada por minuto y las demandas fueron de lo más variopintas. Las preguntas planteaban cuestiones tan diversas como si se podrán vender cigarrillos de chocolate (no), si un local de telepizzas se considera restaurante (sí), o si se podrá fumar en el fútbol, en los toros (sí, si no están cerradas las gradas) y en las casetas de la feria de Sevilla (no). Otros preguntaron si estará permitido fumar en los tanatorios (no), en las cafeterías de las empresas (tampoco), en las comuniones, bodas, bautizos y banquetes (sí, si se contrata un salón de fumadores y no hay menores), o en el balcón de un despacho (no).

La complejidad de algunas de las cuestiones planteadas (como la posibilidad de denunciar a quienes contravengan las normas) provocó que el departamento jurídico del Ministerio que dirige Elena Salgado se reuniera ayer para poder deliberar e informar a los ciudadanos.

Salvo alguna excepción, a partir del 1 de enero sólo se podrá fumar con total libertad en la calle o en zonas al aire libre. Asimismo, serán muy pocos los trabajadores que se librarán del cumplimiento de la ley que prohíbe encender un cigarrillo en todos los centros de trabajo, públicos y privados, incluidas las cabinas de los camiones, siempre que el conductor no sea el propietario del vehículo. Pero siempre que hay una norma surge la excepción. En este caso, las empleadas del hogar, que al trabajar en un ámbito privado (como los domicilios) podrán fumar.



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