Un registro nacional agrupará los datos de testamentos vitales en toda España

La centralización servirá para garantizar los deseos del paciente con independencia del lugar de asistencia médica
Por EROSKI Consumer 4 de febrero de 2007

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a la creación de un Registro Nacional de Instrucciones Previas que, bajo la dependencia orgánica del Ministerio de Sanidad, centralizará toda la información sobre testamentos vitales, en desarrollo de la ley de autonomía del paciente de 2002.

Este registro, que contendrá toda la información de los de ámbito autonómico, servirá para garantizar que el documento de instrucciones, con independencia del lugar en el que se haya formalizado, pueda ser conocido en todo el territorio nacional por los profesionales de la salud a los que en su momento corresponda la asistencia. En la actualidad son ya 16 las comunidades autónomas que han desarrollado las previsiones de la citada ley, que recoge los derechos y deberes del paciente, y varias han creado sus propios registros.

Mediante el testamento vital o documento de instrucciones previas, cualquier persona mayor de edad, capaz y libre, puede manifestar anticipadamente por escrito su voluntad sobre los cuidados y tratamientos sanitarios o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de sus órganos, para que esa voluntad se cumpla en el momento en que no sea capaz de expresarla personalmente o de decidir por sí mismo.

Una vez que se haya constituido el Registro Nacional, para cuyo funcionamiento se ha previsto una financiación de 120.000 euros, los responsables de los registros autonómicos deberán comunicarle las nuevas inscripciones por vía telemática en el plazo de una semana. En las autonomías donde no se haya regulado el procedimiento de inscripción, quienes deseen hacer testamento vital deberán entregarlo a la autoridad sanitaria de su comunidad, que los remitirá al Registro Nacional para su inscripción provisional.

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