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La OMS auspicia un acuerdo para el control global del tabaco

Resulta equiparable al Protocolo de Kioto contra el cambio climático, según el CNPT

  • Fecha de publicación: 10 de julio de 2007

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha auspiciado la firma de un acuerdo sobre el control del tabaco que implica a 148 países y que supone la mayor acción coordinada contra el tabaquismo. Su importancia es tal, que el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo (CNPT) no ha dudado en equipararlo al Protocolo de Kioto contra el cambio climático.

La firma del Convenio Marco de la OMS para el Control Global del Tabaco tuvo lugar en Bangkok el pasado viernes, al término de una semana de trabajo en la que la agencia sanitaria se había fijado como objetivos negociar la puesta en marcha de un protocolo jurídicamente vinculante para controlar el contrabando de tabaco, así como una mayor regulación restrictiva en relación tanto con su empaquetado y etiquetado como con la publicidad y promoción transfronteriza.

Según informa el CNPT, el texto aprobado indica que el deber de proteger contra la exposición al humo del tabaco está consagrado en las libertades y derechos humanos fundamentales, habida cuenta de los peligros que entraña. Recuerda que proteger contra esta exposición está implícito en el derecho a la vida y el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, reconocido en numerosos instrumentos jurídicos internacionales, como la Constitución de la OMS o la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Definición de "lugares públicos"

El convenio hace referencia también a la definición de "lugares públicos". En este sentido, dice que "si bien la definición precisa de lugares públicos variará en función de las jurisdicciones, es importante que la legislación defina esta expresión de la manera mas amplia posible. La definición utilizada debe abarcar todos los lugares accesibles al público en general, o lugares de uso colectivo, independientemente de quién sea su propietario o del derecho de acceso a los mismos".

Respecto a la definición de "lugar de trabajo", el texto indica que debe definirse como "todo lugar utilizado por las personas durante su empleo o trabajo". Esta definición abarca no solamente el trabajo remunerado, sino también el voluntario. Asimismo, son lugares de trabajo aquellos que los trabajadores suelen utilizar en el desempeño de su labor, como los pasillos, ascensores, huecos de la escalera, vestíbulos, instalaciones conjuntas, cafeterías, lavabos, salones o comedores.

También se consideran lugares de trabajo vehículos como taxis y autobuses por lo que deben identificarse de forma especifica como tales.


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