Discriminar a personas con discapacidad se sancionará con multas de hasta un millón de euros

El incumplimiento deliberado de las normas de accesibilidad acarreará esta sanción
Por EROSKI Consumer 22 de noviembre de 2007

La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso aprobó ayer el proyecto de ley que regula las sanciones por vulnerar los derechos de las personas con discapacidad y lo remitió al Senado. Las multas oscilan entre los 301 euros y un millón.

Esta normativa venía reivindicándola desde hacía tiempo el colectivo de personas con discapacidad, sobre todo ante el reiterado incumplimiento de las normas sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

El texto establece un régimen de infracciones y sanciones para todo aquel que vulnere la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, que entró en vigor en 2003. Las comunidades autónomas, posteriormente, podrán ampliar esta norma.

Entre las infracciones consideradas «graves» aparecen «los actos discriminatorios u omisiones que supongan directa o indirectamente un trato menos favorable a una persona con discapacidad» y el incumplimiento de las exigencias de accesibilidad a entornos, bienes y servicios (la ley vigente prevé plazos de adecuación de tres a 12 años). La sanción, en estos casos, no excederá de los 90.000 euros.

Como infracciones «muy graves» aparecen el acoso a persoans con discapacidad, las vejaciones, las acciones que les generen un grave perjuicio económico o profesional, las situaciones de riesgo para su integridad física o el incumplimiento deliberado de las normas de accesibilidad.

Para aplicar estas sanciones se tendrán en cuenta criterios como la intencionalidad o negligencia del infractor, el incumplimiento de advertencias previas, el número de personas afectadas y el beneficio económico que se hubiese generado para el infractor.

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