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Rastrear el contenido de los correos electrónicos con fines publicitarios no es legal en España, advierte la AEPD

Esta práctica, que llevan a cabo las principales empresas del sector, sólo está permitida para prevenir virus y "spam"

  • Fecha de publicación: 28 de enero de 2008
  • Hora de publicación: 11:35

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Los servicios de correo electrónico de Google, Microsoft y Yahoo! vulneran la legislación española, según concluye un estudio de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que considera necesario establecer estándares internacionales que definan reglas consensuadas para garantizar la privacidad en Internet.

La AEPD explica que dichos servicios escanean los correos de sus usuarios con varias finalidades. En primer lugar, para prevenir virus informáticos. Así, comprueban que los ficheros adjuntos no estén infectados por algún código malicioso. "La mayor parte de los proveedores incluyen este control antivirus con el objeto de proteger tanto sus sistemas como los de los usuarios", afirma la Agencia.

También se rastrean los e-mails para filtrar el "spam" o correo basura, detectar material que sea ilegal y, finalmente, para incluir publicidad personalizada dependiendo del contenido del mensaje. Esto último es lo que vulnera la ley. "Únicamente se podrán filtrar las comunicaciones para prevención de virus y de 'spam', con el fin de adoptar las medidas técnicas y de gestión adecuadas para preservar la seguridad de sus servicios", advierte la AEPD.

Aún así, los proveedores deben informar sobre sus prácticas de cribado de correo electrónico y ofrecer a sus usuarios la posibilidad de decidir sobre el filtrado para evitar el correo basura. "Fuera de estos casos, la Agencia Española de Protección de Datos no considera conforme con la legislación española la interceptación de contenidos", concluye el informe.



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