Saltar el menú de navegación e ir al contenido

CONSUMER EROSKI, el diario del consumidor

Buscador

Boletines

| Baja | Más opciones |

Contenidos de EROSKI

¡Colabora con Haití!

  • EROSKI trabaja con Unicef para hacer llegar tu ayuda a las víctimas

(Vivienda)


Cambiar de idioma

Otras utilidades


Hipotecas compartidas

Compartir un préstamo hipotecario entre desconocidos puede ser la alternativa idónea al alquiler para quienes no pueden hacer frente a la compra individual de una vivienda

Problemas a la vista

Compañeros de piso que comparten experiencias cotidianas como una familia tradicional, una casa en propiedad que puede pagarse tan cómodamente como si se tratara de un alquiler, y no de los más elevados... La situación se presenta de color de rosa. ¿Puede romperse el hechizo? Si es fácil que surjan diferencias con la pareja o familiares, parece más probable aún que puedan aparecer desavenencias con personas desconocidas. En caso de que se den diferencias irreconciliables entre los copropietarios, el problema puede solventarse de manera pacífica y con todas las de la ley. "La situación más conflictiva que podemos encontrar es la producida por el deseo de uno de los copropietarios de vender su parte, en contra de la voluntad del resto", asegura Antón Martínez, quien señala también como posible problema el que uno de los titulares del préstamo incurriera en mora. Para ambos existen soluciones.

  • Si uno de los copropietarios quiere vender su parte contra la voluntad de los demás. En el momento de contratar la hipoteca se les sugiere la posibilidad de llegar a pactos. Si bien estos contratos a los que pueden llegar los copropietarios pertenecen exclusivamente a la relación privada entre ellos y no a sus obligaciones frente a terceros, se asesora a los compradores sobre las opciones que tienen para regular esta situación mediante un contrato privado. Pero la libertad del comprador es absoluta y puede optar por no firmar ningún contrato o pacto, sin que ello condicione la concesión de la operación.
  • Si uno de los titulares del préstamo incurriera en mora. En este caso, la entidad que concede el crédito irá contra la persona y no contra la vivienda. Se ponderará la renegociación de la deuda con el moroso, y sólo en casos extremos se procederá a la ejecución del 100% del bien. Si uno de los propietarios deja de pagar, el otro no tiene por qué hacerse cargo de las deudas del primero. Si la negociación con el moroso no llega a buen puerto, el que sigue pagando la cuota se puede buscar a otra persona que asuma la deuda. Sólo en el peor de los casos, tendrán que vender.

Paginación dentro de este contenido



Recursos de esta página



Validaciones de esta página

  • Accesibilidad: Conformidad con el Nivel Triple-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI
  • XHTML: Validación del W3C indicando que este documento es XHTML 1.1 correcto
  • CSS: Validación del W3C indicando que este documento usa CSS de forma correcta
  • RSS: Validación de feedvalidator.org indicando que nuestros titulares RSS tienen un formato correcto