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Los conflictos suscitados por situaciones accidentales e involuntarias no se resuelven en el ámbito judicial sino a través de las aseguradoras
Incendios, daños por agua o eléctricos, y roturas de cristales son las principales causas de los siniestros que se producen en el hogar. Si sufrir uno de estos percances es un fastidio para el propietario del inmueble, lo peor viene cuando las averías originan, a su vez, graves daños a la vivienda de un vecino. ¿Qué sucede entonces? ¿Cómo actuar? La intencionalidad es la clave en estos casos y, por norma general, los daños no se ocasionan a propósito. Por ello, los conflictos suscitados entre particulares no se desarrollan en el ámbito judicial, sino que se solucionan al margen de los tribunales, a través de las compañías aseguradoras. Ello, en caso de que el responsable del siniestro haya contratado previsoramente una póliza aseguradora, ya que de lo contrario estas situaciones accidentales e involuntarias pueden alterar de manera considerable la economía familiar.
El afectado puede reclamar, ya que el causante contrae una responsabilidad civil por el daño originado
Si una tubería se rompe y anega el piso del vecino, destrozando techo, paredes y muebles, los daños ocasionados están cubiertos por el seguro de responsabilidad civil que, presumiblemente, contrata todo propietario en previsión de cualquier eventualidad. Según los expertos legales, hay diferentes supuestos que provocan que un piso vecino sufra daños:
La mayoría de las veces los daños ocasionados a una vivienda vecina se deben a situaciones accidentales e involuntarias, que pueden alterar de manera considerable la economía familiar cuando el propietario del inmueble responsable no ha contratado una póliza aseguradora. Todos y cada uno de estos supuestos tendrían mejor solución si las viviendas estuvieran aseguradas, pero lo cierto es que en España una de cada tres no lo está, un porcentaje muy elevado que los profesionales atribuyen a la ausencia de normativa legal obligatoria.
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