La modificación del reglamento sobre el etiquetado del vino en la UE provoca que las dos categorías de «expresiones tradicionales» que designan a los vinos de calidad se reagrupen en una sola

Además se imponen condiciones estrictas a los países terceros
Por EROSKI Consumer 24 de febrero de 2004

La Comisión Europea ha adoptado una serie de modificaciones sobre el etiquetado del vino, de forma que las dos categorías de «expresiones tradicionales» que figuran sobre las etiquetas para designar a los caldos de calidad, serán reagrupadas en una sola. Además, no se permitirá el uso de estas expresiones a países terceros salvo condiciones muy estrictas.

Los Quince examinarán minuciosamente las demandas presentadas por países no comunitarios para utilizar las expresiones. Sólo permitirá el derecho de uso si reúnen un conjunto de condiciones estrictas equivalentes a las de los Estados miembros.

«Estas condiciones exigidas a terceros países no son sino una garantía contra todo abuso, ya que refuerzan la protección de los intereses de los productores y los consumidores, y garantizan la transparencia de mercado y la competencia leal», señaló el comisario europeo de Agricultura, Desarrollo Rural y Pesca, Franz Fischler.

Las modificaciones en el etiquetado del vino han sido adoptadas por la Comisión para asegurar la conformidad de la legislación comunitaria con los compromisos internacionales de la Unión en el marco de los acuerdos ADPIC y GATT, basadas esencialmente en el régimen de «expresiones tradicionales» y sobre las reglas aplicables al empleo de descriptores del vino por terceros países.

El reglamento aprobado en el año 2002 establecía un sistema de dos categorías de «expresiones tradicionales». La primera incluía menciones que podían ser utilizadas en terceros países bajo ciertas condiciones («klassic», «château», «reserva», etc.); en cuanto a la segunda, se reservaba exclusivamente a los vinos producidos en la Unión Europea, y comprendía expresiones ligadas a la producción de la zona geográfica, y proscritas para los vinos no comunitarios en el mercado de la Unión («vino joven», «amarone», «amontillado», etc.).

Además, ciertas menciones como «fino» o «clarete», utilizadas en otras partes del mundo, no podrán volver a figurar en las etiquetas de los vinos producidos en terceros países y comercializados en el mercado comunitario. Para obtener el derecho a utilizar estas expresiones, los países terceros deberán probar que reúnen una serie de condiciones muy estrictas, sobre todo en materia legislativa.

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