El Tribunal Europeo da la razón a España en los intercambios de cuotas de anchoa

La Corte considera ilegal el acuerdo que existía entre Francia y Portugal, que perjudicaba los intereses de los pescadores españoles
Por EROSKI Consumer 19 de abril de 2002

El Tribunal Europeo de Justicia pronunció ayer una sentencia trascendental para los intereses de todos los pescadores de bajura del Cantábrico: consideró que el reparto de cuotas de anchoa, acordado el año 1995 entre Francia y Portugal con el beneplácito del Consejo y de la Comisión Europea, y por el que la flota gala se vio facultada para capturar al año 5.000 toneladas de anchoa portuguesa en aguas francesas del Golfo de Vizcaya, no se atiene a derecho comunitario.

El pronunciamiento de la Corte comporta una revocación de jurisprudencia, la dictada por la Sala Sexta del Tribunal de Justicia el 5 de octubre de 1999, en el asunto C-179/95, que abordaba esta misma problemática.

La materia juzgada, que en su día fue motivo de una gran polémica, y que ha venido envenenando las siempre difíciles relaciones entre los pescadores del Cantábrico, fue un apaño que franceses y portugueses urdieron durante el Consejo de Ministros de Pesca que repartió, en diciembre de 1994, los recursos pesqueros para 1995.

Francia, que tradicionalmente había despreciado la anchoa por considerarla una especie de valor irrelevante para su mercado, descubrió, con la entrada de España en la Comunidad Europea, que el producto era bien valorado a este lado de la frontera, de modo que comenzó a cultivar la pesquería para vender sus capturas en los mercados españoles.

Pero contaba con poco margen: el Tratado de Adhesión de España a la CE otorgaba a Francia un 10% de las cuotas de anchoa en el Golfo de Vizcaya, que venía a traducirse, todos los años, en 3.000 toneladas de la especie; el 90% restante quedaba reservado para España.

París buscó la manera de engordar esa cuota. En algunas ocasiones lo había logrado intercambiando con España cuota de merluza, o de rape -de las que se beneficiaba la flota de altura- por anchoa, que se le hurtaba a la de bajura. Pero en 1994 los franceses buscaban una fórmula más estable y, sobre todo, más sustanciosa. De modo que París acordó con Lisboa el intercambio de cuota ayer declarado de nulo derecho, que quedó plasmado en un reglamento del consejo que vio la luz en marzo de 1995.

El intercambio tenía trampa: los franceses no querían ir hasta aguas portuguesas a por la anchoa, porque les salía caro. De modo que, y ahí estaba la trampa, el Consejo y la Comisión Europea autorizaron a la flota gala que capturase esa anchoa en las aguas francesas del Golfo de Vizcaya.

El acuerdo en cuestión no fue dado a conocimiento público durante el Consejo de Pesca de la UE celebrado en diciembre de 1994. En junio de 1995, en plena costera de la anchoa, los pescadores del Cantábrico pidieron al entonces ministro de Pesca, Luis Atienza, que denunciara el acuerdo franco-portugués ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Y España, efectivamente, recurrió, pero el tribunal desestimó su demanda en octubre de 1999, en una sentencia que sembró la desolación en el sector. Pero el Gobierno había recurrido no sólo el intercambio de cuota correspondiente a 1995, sino todos y cada uno de los que, en años sucesivos, se habían producido al amparo del reglamento de marzo de ese año.

Llegó el momento de considerar esos recursos y el Tribunal de la UE, desoyendo al Consejo, que consideraba que la materia estaba ya juzgada en el caso 179/95, no sólo los admitió sino que ha terminado fallando ayer a favor de los intereses españoles en todos los recursos salvo en uno, que queda pendiente.

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