Mayores de 55 años, más difícil acceder al subsidio

Los parados mayores de 55 años que vivan con familiares que cobren más de 967 euros al mes no tendrán derecho al subsidio por desempleo, según la nueva normativa
Por José Ignacio Recio 26 de marzo de 2013
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Imagen: Allan Harris

Los parados mayores de 55 años lo tienen más difícil para acceder al subsidio por desempleo, ya que, según la nueva normativa, no se tendrán en cuenta como hasta ahora solo las rentas del beneficiario, sino también las de la unidad familiar. Así, como se explica a continuación, se penaliza a los mayores que vivan con familiares que cobren más de 967 euros al mes, aunque su aplicación no será de efecto retroactivo y, por tanto, no afectará a las personas que ya se benefician de estas ayudas sociales.

Acceso más difícil al subsidio

A partir de ahora, los parados mayores de 55 años tendrán más difícil acceder al subsidio destinado a las personas desempleadas. Así se constata en el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. En él se penaliza esta ayuda a los desempleados que vivan con familiares que cobren más de 967 euros. Este subsidio se cobra una vez que se ha agotado el derecho a la prestación por desempleo, y se continúa sin encontrar una ocupación y ni recibir aportación económica alguna.

La medida no tiene efecto retroactivo, y no afectará a los parados que ya gozan de estos beneficios económicos

La primera novedad de esta medida es que para otorgarla no se tendrán en cuenta solo las rentas del beneficiario, como hasta ahora, sino que se basará en las de la unidad familiar. Con este parámetro de medición, los parados mayores no podrán cobrar el subsidio si tienen cónyuge o hijos menores de 26 años, cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar (incluido el solicitante), dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (641,30 euros para 2013), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Su implantación supondrá un severo recorte en el acceso al subsidio, ya que, en la actualidad, tienen derecho a él los trabajadores mayores de 55 años, aun cuando no tengan responsabilidades familiares, siempre que hayan agotado su prestación y hayan cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral.

No obstante, la medida no tendrá efecto retroactivo, por lo que no afectará a los parados que ya gozan de estas subvenciones económicas. De este modo, las cerca de 370.000 personas que hoy se benefician de este subsidio seguirán haciéndolo en las mismas condiciones que hasta ahora. Solo se aplicará a las solicitudes que se formalicen a partir de la fecha de la entrada en vigor de la nueva legislación.

Aplicaciones en cada caso concreto

Si por algo se distingue esta medida es porque su aplicación no será igual a todos los mayores de 55 que estén en situación de desempleo, sino que se hará en función de las rentas familiares que dispongan.

  1. Seguirán con el subsidio:

    • Los parados con más de 55 años que vivan solos y hayan agotado su prestación de desempleo sí podrán seguir cobrando esta ayuda, y no les afectará en nada la aplicación de las citadas medidas.

    • Los mayores de esta edad que vivan con su cónyuge y uno o varios hijos que no tengan ninguna asignación económica (no trabajen, en paro, etc.) tampoco se verán afectados y seguirán recibiendo su asignación en concepto de ayuda a los parados.

    • Las personas que, aun conviviendo con otros familiares que tengan ganancias laborales por encima de lo establecido, son ya beneficiarios de estas ayudas no tendrán que temer que se les corten. Ello es debido a que la medida no tiene efecto retroactivo.

  2. Se quedarán sin el subsidio:

    • Los demandantes que cumplan con estas características, pero tengan un cónyuge o un hijo menor de 26 años que cobre más de 967 euros mensuales, lo tendrán mucho peor. Al no cumplirse el filtro de las rentas familiares, se quedarán de manera automática sin ninguna ayuda por este concepto.

    • Si en vez de convivir con uno, el desempleado lo hace con dos o más familiares, y la suma de aportaciones económicas es de 725 euros al mes (al menos dos de ellos), también se les negará la ayuda.

    • Todos los demandantes mayores de 55 años que, aun estando sin trabajo, no cumplan con los requisitos de rentas familiares a partir de la fecha en que empezará a aplicarse este decreto-ley.

Plan Prepara

El ‘Plan Prepara’ es una herramienta de ayuda económica a los parados menores de 30 años o desempleados de larga duración, siempre que se cumplan una serie de requisitos (en algunos casos, demasiados exigentes) para cobrar 400 euros al mes durante un plazo de seis meses. Si bien esta iniciativa se creó en 2011, se ha prorrogado de modo indefinido este año mientras que el paro no baje de la barrera del 20% (en la actualidad ronda el 25%). Se concede una subvención de 2.400 o 2.700 euros por desempleado, que se cobra en seis pagas de 400 o 450 euros mensuales. Sus beneficiarios se comprometen a recibir formación para optar a otras salidas profesionales.

Esta ayuda la podrán solicitar los desempleados que hayan agotado sus prestaciones y cumplan con una serie de requisitos de obligatorio cumplimiento.

  • Ser parado de larga duración.

  • Estar inscrito como demandante de empleo al menos 12 de los últimos 18 meses.

  • Tener responsabilidades familiares (tener a su cargo a cónyuge, hijos menores de 26 años, hijos mayores de 26 con discapacidad o menores de 18 acogidos).

Pero también deberán cumplir con otras exigencias:

  • Haber agotado una prestación o subsidio por desempleo y pedir esta ayuda antes de que hayan pasado dos meses desde esa fecha.

  • No tener derecho a prorrogar la prestación ni el subsidio, ni a beneficiarse de ningún otra ayuda por desempleo.

  • No haber cobrado con anterioridad ninguna prestación de este tipo a través de otros programas de ayuda social.

Los beneficiarios deben firmar un acuerdo con el orientador laboral de los servicios públicos de empleo, comprometiéndose a participar en un Itinerario Personalizado de Inserción (IPI) y acreditar haber buscado de forma activa trabajo durante al menos 30 días desde la pérdida de otras prestaciones.

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