La mayor parte de los países comunitarios aplica el sistema de libre acceso a la Universidad

España es de los pocos en los que la obtención del título de Bachiller no va precedido de una prueba externa o mixta
Por EROSKI Consumer 9 de marzo de 2004

La oposición de los rectores a la aplicación de una doble prueba de acceso a la Universidad ha desatado una pequeña polémica que suscita numerosas incógnitas sobre los modelos que existen actualmente en el continente europeo. En toda Europa el requisito mínimo para acceder a la Universidad es acreditar un título de Educación Secundaria superior o su equivalente para cuya consecución en gran número de países se exige una prueba externa o mixta.

En los últimos años, gran parte de los países han ido añadiendo otros requisitos como la superación de un examen, la presentación del expediente académico o la celebración de una entrevista, según datos de Eurydice, la red europea de información en educación. Estos procedimientos se utilizan en aquellos casos en que el número de candidatos excede la capacidad del centro o en los que existe un sistema nacional de «numerus clausus» total o parcial, especialmente en Ciencias de la Salud y algunas carreras de carácter técnico.

Actualmente, España es de los pocos países en los que la obtención del título de Bachiller no va precedido de una prueba externa o mixta y el acceso a la Universidad está regulado por la Selectividad, que se extinguirá en 2006. A partir de este año, el requisito común será el título de Bachiller, que se obtendrá tras superar la Prueba General de Bachillerato (PGB).

Tres procedimientos

En Europa existen básicamente tres procedimientos de selección, cuya aplicación depende del país y de la titulación elegida. El primero se aplica en los países donde existen «numerus clausus» para el ámbito nacional, en todas o en algunas carreras.

El segundo, en el que se integra España, viene determinado por aquellos centros que establecen el proceso de selección para limitar el número de plazas, ya sea en función de su capacidad o de los criterios fijados por la Administración central. Esta limitación puede afectar a todos o a parte de los títulos impartidos. En nuestro país no se aplica exactamente un «numerus clausus» por motivos de previsión laboral, sino para ajustar el número de candidatos aceptados a las plazas disponibles. La llamada «nota de corte» delimita ese número.

El tercer modelo lo constituyen los países que sólo exigen el título de Educación Secundaria para acceder a todas o a la mayoría de las carreras. Este sistema propicia el acceso libre y la aceptación de todos los candidatos sin excepción.

Criterios propios

El procedimiento de selección más generalizado es el que realizan los propios centros según su capacidad de matrícula y de acuerdo con criterios de carácter nacional. Está aceptado por todos los países nórdicos (excepto Islandia), España, Portugal, Reino Unido y los Estados candidatos a ingresar en la Unión Europea (UE). Otros como Finlandia, Suecia y Noruega tienen también en cuenta las normas nacionales que limitan el máximo posible de alumnos matriculados y de titulados.

En el Reino Unido, las universidades y los centros de Educación Superior, en virtud de su autonomía, establecen sus propias normas de admisión, aunque la Administración central es la encargada de planificar el número global de alumnos. En Irlanda, y en general en el modelo anglosajón, existe una fórmula similar. Con todo, en la mayoría de los países de nuestro entorno los procedimientos adicionales son la excepción y están muy controlados por el Estado para evitar que se transgreda el principio de igualdad de oportunidades.

Así, Francia tiene una tradición de libre acceso muy arraigada, lo mismo que Bélgica. En ambos casos, sólo existen pruebas de acceso para determinadas titulaciones. Italia y Alemania se guían también por el principio del libre acceso y sólo aplican requisitos en algunos estudios.

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