Responsabilidad civil obligatoria

Cubre los daños causados a terceras personas
Por EROSKI Consumer 14 de febrero de 2002

Más conocido como a terceros, su contratación es obligatoria y sin ella está prohibido circular. Cubre los daños a terceras personas: corporales, excepto cuando lo sean por culpa del perjudicado o por fallo de las piezas, mecanismos o defectos del vehículo; y materiales, cuando el conductor que ha contratado la póliza resulte civilmente responsable.

Las indemnizaciones están limitadas a 336.579 euros, unos 56 millones de pesetas, por víctima para los daños personales y hasta 96.165 euros, 16 millones, para los materiales. Si el perjuicio supera estas cantidades deberán ser abonadas por el autor del siniestro.

Quedan excluidos de este seguro los daños corporales o materiales producidos al tomador del seguro, los causados cuando el conductor conduzca bajo los efectos del alcohol, los que se originen a otras personas si el coche ha sido robado ni los que se produzcan los que han sustraído el vehículo y sus posibles acompañantes.

Para los expertos este tipo de seguro no es adecuado para los coches nuevos

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