Los enfermos en lista de espera pueden operarse en otro país con cargo al suyo si corren riesgo
Una sentencia del Tribunal de la UE considera la lista de espera como "médicamente inaceptable" en algunos casos
- Autor: Por mediatrader
- Fecha de publicación: miércoles 17 mayo de 2006
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) emitió ayer una sentencia por la que reconoce el derecho de una ciudadana británica a operarse en otro país europeo, en este caso Francia, con cargo al presupuesto del sistema sanitario público británico ya que la espera en su país habría sido "médicamente inaceptable".Esta sentencia es fruto del recurso que presentó ante el Tribunal Yvonne Watts en 2002, después de que el servicio de salud de su país no le autorizara una operación de cadera en el extranjero tras juzgar de "poco urgente" el caso, a diferencia de lo que pensaron los médicos que la trataron después en Francia.
El elemento fundamental que recoge el fallo, y lo que sienta un importante precedente para casos futuros, es el hecho de considerar la lista de espera como "médicamente inaceptable" en algunos casos y que, en definitiva, es lo que da derecho a los europeos a operarse en otro país miembro.Este fallo de la justicia europea refuerza la movilidad de los pacientes en la UE
Permiso denegado
Watts pidió en 2002 autorización al Servicio de Salud británico (NHS) para realizarse la operación en Francia, permiso que le fue denegado alegando que el periodo de espera previsto en su sistema era "médicamente aceptable con arreglo a la situación y a las necesidades clínicas del paciente".Lo que ocurrió fue que un tiempo después su enfermedad (artritis de cadera) se agravó y, tras el preceptivo examen médico, tampoco entonces consiguió el visto bueno para operarse en el extranjero.Unos meses después, en enero de 2003, Watts empeoró más y decidió trasladarse a Francia para la operación por la que pagó 5.700 euros, que posteriormente reclamó al NHS, a través de una denuncia ante el Tribunal de Justicia británico que ya no fue ni siquiera admitida a trámite.Ahora, más de dos años después de la intervención, tras el fallo dictado ayer en Luxemburgo, el Tribunal de la UE enmienda al Tribunal de Justicia británico con el argumento decisivo de que el tiempo que tendría que haber esperado Watts en el Reino Unido era "médicamente inaceptable" para la evolución de su enfermedad.Alcance
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) confirma los derechos de los pacientes para recibir atención médica en el territorio comunitario, según indicó un comunicado. "Las autoridades responsables del servicio nacional de salud deben prever mecanismos para asumir financieramente la atención hospitalaria procurada en otro Estado miembro a pacientes a los cuales dicho servicio no estaría en condiciones de brindar el tratamiento requerido en un plazo médico aceptable", agrega la Corte en su fallo. El tribunal subraya que "en virtud del derecho comunitario, el sistema de formulario E-112 permite pedir la autorización para viajar al extranjero y recibir allí atención médica". "Esta autorización no puede ser denegada cuando el tratamiento no puede ser dispensado en el país de origen en tiempo oportuno", concluye.Etiquetas:
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