Nuevos edulcorantes para confituras, jaleas y mermeladas

Los edulcorantes E 950, E 952, E 954, E 955, E 959 y E 960 ya pueden emplearse en confituras, jaleas y mermeladas de valor energético reducido
Por José María Ferrer Villar, Ainia Centro Tecnológico 3 de diciembre de 2013
Img edulcorante confitura hd
Imagen: sanja gjenero

Asistimos a otro paso en la evolución de la Lista Positiva de Aditivos (Reglamento 1333/2008). En una de las últimas modificaciones, se ha ampliado el uso de acesulfamo K (E 950), ácido ciclámico y sus sales de sodio y calcio (E 952), sacarina y sus sales de sodio, potasio y calcio (E 954), sucralosa (E 955), neohesperidina DC (E 959) y glucósidos de esteviol (E 960) a todas las demás frutas y verduras para untar similares de valor energético reducido. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) entiende que no puede tener una repercusión sobre la salud humana y, por tanto, procede a la modificación. El artículo explica cuáles son las últimas novedades porqué están justificados estos nuevos usos.

La modificación de la lista positiva de aditivos (Reglamento 1333/2008) aprobada a través del Reglamento (UE) nº 913/2013 abre el abanico de edulcorantes (E 950, E952, E954, E955, E959 y E960) que pueden utilizarse en frutas y hortalizas para untar, en el segmento concreto de las de valor energético reducido. Los edulcorantes que se modifican son:

  • Acesulfamo K (E 950)

  • Ácido ciclámico y sus sales de sodio y calcio (E 952)

  • Sacarina y sus sales de sodio, potasio y calcio (E 954)

  • Sucralosa (E 955)

  • Neohesperidina DC (E 959)

  • Glucósidos de esteviol (E 960)

Estamos ante una evolución y mejora de la legislación reguladora de aditivos alimentarios, ya que permiten nuevos usos para edulcorantes que habían sido objeto de regulación por parte del Reglamento (CE) 1333/2008, que permitía su utilización en confituras, jaleas y mermeladas de valor energético reducido, así como en otros productos similares a base de fruta o de frutos secos de valor energético reducido o sin azúcar añadido.

Nuevos usos justificados de aditivos

En este caso es interesante ver que las autoridades competentes se abren a otros usos de los aditivos siempre y cuando se justifique la necesidad técnica y la ausencia de riesgos o repercusiones negativas para las personas. Esta ampliación, la solicitud se presentó en mayo de 2012, ha sido posible en poco más de un año. Por este motivo, animamos a que la industria plantee este tipo de propuestas ya que la «Lista Positiva de Aditivo» no está «escrita en piedra».

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