Sanidad regula el contenido máximo de contaminantes en productos alimenticios
- Autor: Por xavi
- Fecha de publicación: martes 4 marzo de 2003
Así, la nueva normativa regula los procedimientos de muestreo y los métodos de análisis que se aplicarán a los contaminantes y grupos de alimentos que son susceptibles de contenerlos en cantidades que pueden perjudicar a los consumidores. Los contaminantes y grupos de alimentos a los que se aplica esta normativa son el plomo en la leche y productos lácteos, preparados para lactantes, carne y productos cárnicos, pescados y productos pesqueros, cereales, hortalizas, frutas, grasas y aceites, zumos de frutas y vinos.
En el caso del cadmio, los alimentos susceptibles de control serán la carne y productos cárnicos, pescado y productos pesqueros, cereales, hortalizas y frutas. También se analizarán los pescados y los productos pesqueros para detectar la presencia de mercurio. Por último, para el 3-MCPD se analizarán la salsa de soja y alimentos que contengan proteína vegetal hidrolizada, como pueden ser sopas y cubitos para sopas.
El procedimiento que se seguirá para el control de estos alimentos es el que corresponde a las disposiciones legales por la que se levanta el acta, se toman tres muestras legales, se analizan y se rechaza o acepta el producto. Los controles oficiales las llevan a cabo las autoridades sanitarias en los Puntos de Inspección Fronterizos (PIFs).