Ley Lassalle: una nueva polémica en la lucha contra la piratería

La nueva reforma de la Ley de Propiedad Intelectual endurece los aspectos más controvertidos de la Ley Sinde
Por Antonio Delgado 16 de abril de 2013
Img escaner portada
Imagen: Canon

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 22 de marzo una propuesta de Anteproyecto de Ley para modificar la actual legislación de Propiedad Intelectual, de Enjuiciamiento Civil. Con la nueva reforma se pretende endurecer la Ley Sinde-Wert, que entró en vigor en marzo de 2012. En un año de funcionamiento, la ley vigente no ha servido para los propósitos para los cuales se aprobó, tal y como preveían juristas y activistas especializados, y a pesar de la presión y expectativas de la industrial cultural. Este artículo repasa los aspectos más polémicos de la nueva reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, conocida como Ley Lassalle, debido a que está impulsada por el secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle.

Violación de la intimidad y duras multas

La Ley Sinde-Wert creó un órgano administrativo denominado Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, encargado de dictar infracciones y promover la retirada de contenidos de Internet, unas decisiones que hasta entonces estaban en manos de la Justicia. En el anteproyecto de modificación propuesto por el Gobierno, se otorgan mayores poderes a esta Comisión.

En la Ley Lassalle destaca la posibilidad de imponer multas de hasta un máximo de 300.000 euros, si el infractor es reincidente

Entre ellos, destaca la posibilidad de imponer multas de hasta un máximo de 300.000 euros, si el infractor es reincidente. La Comisión también podrá pedir el bloqueo en el acceso a páginas web extranjeras, en el caso de que considere que lesionan algún derecho de propiedad intelectual.

Para ello, los proveedores de acceso a Internet tendrán que colaborar, en algunas ocasiones, con la violación de la intimidad de sus usuarios para registrar el tráfico de lo que comparten por la Red. Su obligación será filtrar el tráfico de sus usuarios a demanda de la Comisión. En el caso de empresas intermediarias, como servicios de hosting (almacenaje de datos en servidores) o publicidad, también deberán dejar de prestar estos servicios a las páginas acusadas, si la Comisión lo considera oportuno. La multa a las empresas que no cooperen se eleva hasta los 600.000 euros.

Prohibido enlazar

La Ley Lassalle también posibilitará que se cierren páginas de enlaces. Hasta ahora, diferentes autos dictados por la Justicia habían determinado el sobreseimiento libre de este tipo de portales al no alojar contenidos, pues, en consecuencia, no realizaban comunicación pública alguna, un requisito sine qua non para imputar a un sitio web.

La nueva legislación permite a la Comisión dirigirse contra las páginas web cuya actividad principal sea facilitar la localización de contenidos protegidos, siempre y cuando esta actividad se haga de forma activa y no neutral. Por este motivo, no afecta a los motores de búsqueda como Google, ya que se considera que desarrollan labores neutrales de intermediación.

Canon digital, una amenaza para las universidades

Esta reforma también afecta a otros aspectos destacados de la propiedad intelectual como el canon. En 2010, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó que el canon digital aplicado en España, que gravaba las ventas de equipos de reproducción y soportes como el CD y DVD, se realizaba de forma indiscriminada. Por este motivo, desde 2012 existe un nuevo Real Decreto que reglamenta el procedimiento de compensación equitativa por copia privada a autores y creadores. El importe previsto para esta compensación es de cinco millones de euros para los años 2012 y 2013 como partida en los Presupuestos Generales del Estado.

Dispositivos grabadores de vídeo digital y sintonizadores de TDT estarán eximidos de pagar canon

Un aspecto positivo de la propuesta de la Ley Lassalle es que restringe aún más el concepto de copia privada, para que solo se consideren como tales las copias que se realizan de un soporte original adquirido en un comercio o prestado por un amigo. También se dejan hacer copias de emisiones públicas, como televisión y radio, siempre y cuando sean temporales. Ello eximirá de pagar canon a algunos dispositivos grabadores de vídeo digital o a sintonizadores de TDT.

Sin embargo, algunos juristas especializados alertan de que el nuevo canon digital obligará a las Universidades a pagar a la sociedad de gestión Cedro (Centro Español de Derechos Reprográficos) por unas obras que, muchas veces, están realizadas por autores universitarios y distribuidas con licencias libres.

Control de las entidades de gestión

El último aspecto destacado de esta reforma está orientado a controlar y vigilar a las entidades de gestión, con el objeto de dotarlas de mayor transparencia, después de casos como la trama de la SGAE, donde una red empresarial se apropió de más de 30 millones de euros, y del informe publicado en 2010 por la Comisión Nacional de la Competencia, donde se atacaba el monopolio de la gestión de derechos de autor por parte de estas entidades y la opacidad de las tarifas aplicadas.

Se obligará a las entidades de gestión de derechos a ser más transparentes con sus tarifas y a ofrecer un voto plural a sus asociados

En este sentido, se obligará a las entidades de gestión a ser más transparentes con sus tarifas y a ofrecer un voto plural a sus asociados. También tendrán que realizar una rendición anual de cuentas, junto con un cuadro de infracciones y sanciones en el caso de incumplimiento de sus obligaciones legales. Las multas estarán vinculadas a un porcentaje, entre el 2% y el 100%, de la recaudación de la entidad el año anterior. En caso de sanción muy grave, se podrá revocar la licencia.

Por último, la creación de sociedades mercantiles o fundaciones asociadas a la entidad de gestión deberá someterse a la aprobación por parte de un órgano gubernamental.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube