Protección de Datos multa por primera vez a una persona por enviar “spam”
Ha sancionado con 30.000 euros a un madrileño que enviaba correo electrónico no solicitado a direcciones españolas
- Autor: Por mediatrader
- Fecha de publicación: martes 12 abril de 2005
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha resuelto, por primera vez en España, un procedimiento sancionador contra una persona física por enviar correo electrónico no solicitado ("spam").La medida se tomó a finales de marzo y ha supuesto una sanción de 30.001 euros a un madrileño que enviaba "spam" a direcciones de correo españolas, según informó un portavoz de la AEPD. La cuantía de la multa ha sido ésta porque se consideró que se trataba de una comunicación no selectiva, de carácter masivo y, por lo tanto, constituía una "infracción grave".La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE) atribuye la competencia a la APD para la investigación de estos asuntos, y es la primera vez que un organismo de estas características resuelve el proceso con una sanción en España.En la actualidad, según dijo el portavoz, hay más de un centenar de investigaciones abiertas, de las cuales a entre 15 y 20 ya se ha abierto procedimiento sancionador que se resolverá en un plazo máximo de seis meses.