Comienza el juicio contra Iberia, Spanair y Air Europa por los cargos adicionales en la emisión de billetes

Facua pretende que se declare nula la cláusula general que establece estos recargos en el precio
Por EROSKI Consumer 7 de noviembre de 2006

La demanda de la Federación de Consumidores en Acción (Facua) contra Iberia, Spanair y Air Europa por incrementar los precios de los billetes con cargos adicionales por su emisión se está estudiando hoy en el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid.

Facua, que considera que los recargos por emisión son contrarios a la legislación vigente en materia de protección de los consumidores y navegación aérea, solicita una acción de cesación para que «se repute nula, por abusiva, la cláusula general que establece el cargo adicional por emisión de billetes» y «que dicha cláusula la eliminen las demandadas de sus condiciones generales».

Las compañías demandadas ingresan «cientos de millones de euros cada año con estos cargos», que oscilan entre 12 y 96 euros según el destino del vuelo, la clase elegida, el tipo de billete (papel o electrónico) y la forma de compra (telefónica, en oficinas o por Internet), según aseguró la asociación de consumidores. La federación también indicó que Iberia y Spanair aplican un segundo recargo, de 15 euros, si el usuario solicita un billete en papel en lugar de su versión electrónica. Asimismo, aseguró que en algunas ocasiones «el recargo por emisión llega a superar el precio del billete ofertado en publicidad».

La introducción de estos cargos adicionales en las condiciones generales de la contratación de las compañías supone una «cláusula nula», ya que va «contra la ley», explicó Facua. Además, este recargo es un elemento «accesorio» de la tarifa aérea, «sometido por tanto a la legislación en materia de protección de los consumidores», agregó la federación.

Facua también ha denunciado estas prácticas ante el Defensor del Pueblo, que ha abierto una investigación de carácter general ante el Instituto Nacional de Consumo. Con estas prácticas «puede considerarse que se incumplen» las cláusulas 22 y 24 de la ley que regula las Condiciones Generales para la Contratación, según argumentó la asociación.

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