Venta en exclusiva

Es aconsejable firmar un documento en el que figuren las estipulaciones correspondientes a la operación
Por EROSKI Consumer 1 de marzo de 2006

Comprar un piso, chalé o apartamento resulta complicado. Pero también venderlo. Hay que valorarlo, anunciarlo, mostrarlo en repetidas ocasiones, gestionar el contrato, la fianza… Todo este trabajo y papeleo requieren conocimientos y disponibilidad. Por ello, muchas veces es necesario e interesante recurrir a los servicios de un agente o asesor inmobiliario.

La operación es tan importante económicamente y los conceptos son a menudo tan confusos que la seguridad que brindan los profesionales del mercado inmobiliario bien puede merecer la pena. Porque, a cambio de un porcentaje del precio de la transacción, los agentes inmobiliarios ejercen todas las tareas precisas de mediación, asesoramiento e información en el proceso de compraventa.

La mayor parte de las empresas de intermediación inmobiliaria responden a unos estándares mínimos en la atención al cliente, puesto que existe una regulación de acceso a la profesión para garantizar la protección del consumidor, por ejemplo sobre las cantidades entregadas en cuentas de depósito o la existencia de seguros de responsabilidad civil.

Pero tal vez haya una agencia que le valga mayor confianza y quiera depositar en ella un compromiso de gestión de venta en exclusiva de su inmueble. Si se da este caso, es aconsejable firmar un documento en el que figuren todas las estipulaciones. Entre las cláusulas, se aconseja que figure el porcentaje correspondiente a los honorarios del agente inmobiliario, la duración del plazo del encargo y si existirá prórroga del mismo, así como una autorización expresa del propietario a la inmobiliaria para recibir cantidades en concepto de señal o arras.

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