Religión y alimentación en Navidad

Las costumbres religiosas también determinan la oferta gastronómica
Por Silvia Eva Agosto 21 de diciembre de 2004

Al lado de las comidas propias de las tradiciones religiosas, los distintos credos condicionan el consumo de determinados alimentos. Los católicos no pueden comer carnes rojas los viernes de Cuaresma, los judíos y musulmanes tienen prohibido consumir cerdo y beber alcohol y los tres grandes credos monoteístas prevén el ayuno como penitencia en ciertas partes del año. Conocer y entender los condicionamientos religiosos en el plano de la alimentación es una forma más de acrecentar las nociones sobre las creencias y costumbres de los pueblos.

Diversidad de costumbres según las religiones

La gastronomía está muy unida a las celebraciones religiosas; cada una de las creencias establece, por precepto o tradición, comidas para cada época del año. En Bolivia, por ejemplo, después del brindis navideño se sirve un plato denominado picana, que consiste en una especie de caldo casi picante con sabor dulce, choclo, elote o maíz, pedazos de carne de vaca y pollo, zanahoria, tomate, cebolla, papas, vino seco y otros ingredientes. En Panamá, se come el maíz crudo, una expresión que nombra a un bizcocho hecho de maíz y otros ingredientes, que es cocinado en un horno de leña para darle más consistencia a la masa. El postre típico argentino es el «pan dulce» o panettone, una tradición italiana que consiste en elaborar una masa dulce con frutas secas, nueces, piñones y frutas abrillantadas y que se come después de la cena navideña, junto con una copa de cava.

Otra costumbre navideña que se practica en México y Honduras, entre otros lugares, es la posada, que se realiza durante doce días antes del 24 de diciembre para recordar el peregrinaje por Belén de San José y la Virgen María buscando albergue para la llegada del Niño Jesús. Según la tradición, en los barrios o urbanizaciones, cada hogar anfitrión recibe a los vecinos y amistades en su casa, convidándoles con «ponche infernal», café, galletitas, dulces y cantando canciones alusivas a la Navidad.

Pero junto con tradiciones, comidas y celebraciones, la religión católica, al igual que otros credos, establece ciertas prohibiciones sobre el consumo de determinados alimentos. Las diferentes religiones, además de ofrecer a sus creyentes líneas de orientación espiritual, social, familiar y personal, condicionan aspectos centrales de la vida cotidiana como el tipo y el modo de alimentación, que debe ajustarse a un conjunto de normas según la fe que se profese.

El padre dominico Luis Miguel García Palacios explica que la legislación actual de la Iglesia Católica en materia de alimentación se basa en el Código de Derecho Canónico. La normativa “es muy sencilla aunque quizá desconocida en algunos matices”, pues el Canon 1.251 indica que se debe realizar abstinencia de carne todos los viernes del año, “a no ser que coincidan con una solemnidad”. También se determina que el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo se debe guardar ayuno y abstinencia. “Quizá lo más desconocido es que la abstinencia de carnes rojas está marcada para todos los viernes -aclaró el padre García Palacios-, pero esta práctica está en desuso y se reduce a los viernes de Cuaresma. Los religiosos, monjes y otros consagrados tienen este precepto establecido en sus reglas, constituciones o directorios. Nosotros los dominicos así lo hacemos”.

“Respecto a la carne -aclaró el sacerdote-, se debe entender todo lo que no es pescado, vegetal, lácteos o sus derivados, con lo que nos quedan las carnes de todo tipo, incluso las aves, así como carnes preparadas -embutidos o fiambres-“. Sobre el ayuno, el Código de Derecho Canónico de 1.917 establece que “la ley del ayuno prescribe que no se haga una sola comida al día; pero no prohíbe tomar algún alimento por la mañana y por la tarde, con tal que se observe, en cuanto a la cantidad y a la calidad, la costumbre aprobada en cada lugar”.

La ley de abstinencia obliga cumplirla a los que han cumplido catorce años; la del ayuno a todos los mayores de edad, hasta que hayan cumplido los cincuenta y nueve. Cabe aclarar que quedan dispensados de ayuno y abstinencia los enfermos durante el tiempo de su enfermedad o bien quienes por prescripción médica deban tomar carnes o no se les permita ayunar. Por otra parte, añade el padre García Palacios, la Conferencia Episcopal puede determinar con más detalle el modo de observar el ayuno y la abstinencia y también sustituirlos en todo o en parte por otras formas de penitencia, como obras de caridad y prácticas de piedad.

Los preceptos del Islam en relación con la comida

Los tres pilares de la religión musulmana son la oración- practicada por los fieles cinco veces al día- el matrimonio, que debe ser celebrado por dos personas adultas y dos testigos ante un imán o autoridad competente, y el ayuno- que se debe seguir durante el mes llamado Ramadán-. Asimismo, el tema de la alimentación tiene una importancia capital dentro del Islam por estar prescrita en el Sagrado Corán. Según Mohamed El Afifi Mohamed, encargado de Relaciones Culturales del Centro Cultural Islámico (CCI) de Madrid, la religión musulmana prohíbe todo lo que puede ser dañino para la salud, como el alcohol y las drogas.

“El alcohol puede dañar la salud de las personas y provocar problemas en su entorno y a la sociedad en general», sostiene El Afifi. “No afecta sólo a la libertad individual porque el consumo de alcohol genera problemas económicos, de salud, aumento de la violencia doméstica, de la criminalidad. Al igual que las drogas, su consumo dista de ser un asunto sólo del individuo, ya que los demás padecen la adicción de quien consume sustancias nocivas. La religión musulmana es clara: lo que afecta negativamente a la salud está prohibido”, aclara.

En cuanto a la prohibición de comer cerdo, este portavoz señala que es propia de las religiones monoteístas, pues este consumo está también vedado a los judíos. «Esta prohibición y todo lo relacionado con ella es de obligatorio cumplimiento cuando no hay otras alternativas. Si un musulmán está en un sitio en el que el único alimento que tiene es el cerdo, lo puede comer para subsistir”. El Afifi añade que la comida de los católicos y los judíos es lícita para los musulmanes, mientras no contenga carne de cerdo.

Estas prescripciones están basadas en el Corán, libro sagrado de los musulmanes. En este texto, en la sura 2, aleya 172, que en equivalencia con la Biblia católica sería capítulo y versículo, se establece la siguiente norma: “Se os prohíbe comer la carne del animal que haya muerto de muerte natural, la sangre, la carne de cerdo, y la del animal que se sacrifique en nombre de otro que Alá; no obstante, quien se vea obligado a hacerlo en contra de su voluntad y sin buscar en ello un acto de desobediencia, no incurrirá en falta”.

La principal novedad para este año es que, según explica El Afifi, las celebraciones de Nochevieja y Año Nuevo coinciden con la Pascua de los musulmanes, festividad conocida como la Pascua del Sacrificio del Cordero. “Esta fiesta tiene su base en un pilar de la religión musulmana, que es la fecha de la peregrinación a la Meca, justo dos meses y nueve días después de finalizar el mes de Ramadán”, detalla. Este año, la Pascua de los musulmanes se celebra del 30 de diciembre al 3 de enero, “por lo que estos días el cordero formará parte tanto del menú de los musulmanes, como del menú de los católicos”. Según la tradición musulmana, el cordero sacrificado se divide en tres partes que se entregan a las personas necesitadas, a los amigos y familiares, y a quien sacrifica el animal. “Se trata de darle un uso personal, fomentar la solidaridad con los demás y reforzar aún más los lazos con los amigos y familiares”, destaca El Afifi.

En cuanto al sacrificio del animal, el Corán establece que la carne debe ser sacrificada de acuerdo a un rito especial. Especifica que para ser permitido su consumo el animal no puede haber muerto por causa natural, sino que debe de haber sido sacrificado en nombre de Alá. El encargado de relaciones culturales del CCI explica que el rito musulmán comienza con la elección del animal, a quien se le debe dar su comida y su bebida. Posteriormente, se debe trasladar al matadero en vehículos equipados para tal fin, evitando hacinamiento y sufrimiento innecesario. Una vez que se llega al lugar del sacrificio, se debe bajar del vehículo sin violencia y en el momento de la matanza, se debe retirar a la bestia del grupo para que los otros no presencien el sacrificio. “Es necesario colocar al animal en dirección Este, tomar un cuchillo muy afilado y, de un solo tajo, realizar el degollamiento para que no sufra. Se le bendice en el nombre de Alá, y mirando en dirección a la Meca”.

Cualquier alimento que en general no cumpla estas condiciones está prohibido para los musulmanes. Los dulces, bebidas no alcohólicas, frutas y verduras, no expresamente prohibidas en las anteriores suras o que no contengan alguno de los preceptos, están permitidos. Es preciso añadir que si en un alimento se aprecia la existencia de grasa animal de tipo porcino, todo el compuesto estaría prohibido. De la misma forma, se prohíben en forma absoluta los alimentos, recetas y platos que contengan, en todo o parte, alcohol.

Yussef Gómez, colaborador del CCI, asegura que es posible seguir los cánones musulmanes en España porque conseguir productos que se ajusten a las normas musulmanas es actualmente más fácil que hace un tiempo, por la existencia de carnicerías y establecimientos en los que se venden pollo, carnes y productos de animales sacrificados según las leyes religiosas del Corán. “Estas carnicerías son muy fáciles de encontrar. Además, proliferan cada día más clientes que no siendo de confesión musulmana, adoptan la alimentación musulmana, baja en colesterol”, apunta.

Por otra parte, se ha llegado a distintos acuerdos entre las instituciones sanitarias españolas y las islámicas, y se ha creado un sistema organizativo que certifica el control sobre los mataderos que realizan esta forma de sacrificio preceptiva para el Islam. “Este control de dichas empresas garantiza que los alimentos vendidos en estas carnicerías islámicas cumplen a la vez con las garantías sanitarias de España y las religiosas del Islam”, manifiesta Gómez.

La alimentación kosher

La religión judía también contempla una serie de criterios relacionados con la comida que se engloba en la llamada alimentación kosher (también conocida como alimentación ‘casher’), uno de los fundamentos principales del Judaísmo. Según esta fe, la comida no sólo alimenta el cuerpo, sino que su energía tiene una repercusión en nuestro cuerpo energético.

El rabino Moisés Bendahar, de la Comunidad Judía de Madrid, explica que la Biblia prescribe una serie de leyes para regular la ingesta de alimentos. En primer lugar, la Torá (libro de la Ley de los judíos) permite el consumo de la carne de animales cuadrúpedos si son rumiantes y tienen la pezuña hendida. Existen tres clases de animales domésticos que cumplen esta condición. En el primer grupo está el buey, la vaca y el becerro; en el segundo, el carnero y la oveja y en el tercero, la cabra, el macho cabrío y el cabrito. También son lícitos los animales no domésticos entre los que se encuentra el ciervo y el corzo, pero está prohibido el consumo del cerdo, así como el caballo, el camello, el conejo y la liebre.

En segundo lugar y respecto a las aves, la Torá enumera veinte especies de pájaros impuros (tmeim), cuyo consumo está prohibido. “Nuestros Sabios nos indican cuatro signos distintivos en el ave pura (tehorá) permitida. Tenemos costumbres de comer las aves tradicionalmente permitidas: gallina, pavo, ganso, y alguna clase de patos domésticos y palomas”, especifica el rabino.

Finalmente, en el grupo de los pescados, son considerados kosher los que tienen, a la vez, aletas y escamas. “Si no es posible desprender las escamas de la piel, el pescado no es kosher. Los huevos de un pescado impuro están tan prohibidos como el pescado. Además los judíos tienen sus propias costumbres respecto al sacrificio de las bestias. Por ejemplo, sólo una persona cualificada puede matar a los animales; muchas partes se desechan y está prohibido el consumo de sangre.

La leche, por otra parte, tiene un rango especial y no se puede beber con la carne, no se puede tomar ningún producto lácteo con carne. Por este motivo, se deben utilizar y lavar utensilios como ollas, cubiertos y platos por separado. La producción de los quesos también debe ajustarse a normas estrictas, ya que deben ser realizados con cuajo vegetal. Los alimentos neutros son las frutas, las verduras y los huevos, pero antes de su consumo tienen que ser examinados para descartar manchas de sangre o indicios de fertilización. Las harinas y otros alimentos han de ser tamizadas con sumo cuidado para evitar y eliminar el contacto con cualquier insecto.

Los judíos españoles que quieran seguir los preceptos de su religión pueden conseguir productos kosher en los grandes almacenes y en carnicerías especializadas en las grandes ciudades de España. Además, cada vez se pueden encontrar más restaurantes que ofrecen la alternativa de cocina sefardí. En cuanto al pan, la comunidad judía de Madrid recuerda que “la mayoría de los panes en España llevan aceites de animal, por lo que el pan no es casher“.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube