Entrevista

Miguel Ángel Royo, jefe del Área de Estudios de la Escuela Nacional de Sanidad del Instituto de Salud Carlos III

Cuanto más tiempo dedican los niños a ver la televisión, mayor es su riesgo de desarrollar obesidad
Por Maite Zudaire 23 de abril de 2010
Img miguelangelroyo despacho
Imagen: CONSUMER EROSKI

Doctor en Medicina, Miguel Ángel Royo (Zaragoza, 1967) es jefe del Área de Estudios de la Escuela Nacional de Sanidad del Instituto de Salud Carlos III y coordinador del Comité Español Interdisciplinario de Prevención Cardiovascular (CEIPC). Antes, fue inspector médico en el Insalud y subdirector de la Dirección de Salud Pública del Ministerio de Sanidad. Tanto en la gestión, como en la investigación y en la docencia, gran parte de su actividad ha girado en torno a un eje principal: la salud pública y la nutrición. Su labor investigadora más reciente le llevó a evaluar algunos aspectos de la estrategia NAOS. Culminado este análisis, ha hecho públicos los resultados de un estudio en profundidad sobre el cumplimiento del Código PAOS -el Código de autorregulación de la publicidad de alimentos dirigida a menores, prevención de la obesidad y salud-, en colaboración con los investigadores María del Mar Romero Fernández, del Servicio de Medicina Preventiva del Hospital General de Ciudad Real, y Fernando Rodríguez Artalejo, Catedrático de Medicina Preventiva y Salud Pública de la Universidad Autónoma de Madrid. Los resultados confirman que la mitad de los anuncios incumplen una o varias normas del Código y que buena parte de la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a niños se refiere a productos muy energéticos, fomenta patrones de consumo poco saludables y favorece el desarrollo de la obesidad infantil.

Ha dirigido el más reciente estudio de evaluación sobre el grado de cumplimiento del Código PAOS en televisión. ¿Qué le indujo a realizar este análisis?

Por un lado, la constatación de que, tras varios años de funcionamiento del Código PAOS, además de las evaluaciones realizadas por la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial y los informes de la Comisión de Seguimiento de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), no se había llevado a cabo ninguna evaluación independiente del mismo. Por otro lado, percibía que algunos anuncios emitidos en televisión incumplían de forma llamativa ciertas normas del Código.

¿Ha constatado que es así?

Tras analizar la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores en cuatro canales -dos cadenas nacionales, TVE1 y Antena 3, y dos regionales, Canal Sur y Telemadrid-, constatamos que la mitad de los anuncios incumplían una o varias de las normas del Código y un 20% adicional destacaba por un cumplimiento dudoso de alguna de éstas. Tan sólo un 30% de los anuncios cumplen todas las normas. Los de alimentos lácteos, seguidos de los “spots” de carnes y derivados, incumplían el Código con mayor frecuencia. En cuanto al formato de la publicidad, los anuncios de mayor duración o sobre alguna promoción mostraron un peor comportamiento en relación con el Código.

¿Cómo realizaron el análisis?

Fuimos muy rigurosos y conservadores en la evaluación del cumplimiento de cada una de las normas, por lo que establecimos una categoría de “cumplimiento dudoso” cuando no teníamos la seguridad absoluta de que un anuncio incumplía una norma concreta. Para contrastar la fiabilidad de nuestra evaluación, solicitamos a un grupo de ocho médicos que analizaran de forma independiente una muestra de seis anuncios que considerábamos que incumplían alguna de las normas. Los ocho médicos no sólo coincidieron en valorar los seis anuncios como incumplidores, sino que el número de normas que consideraron no respetadas fue superior al que detectamos nosotros.

¿Las empresas se adhieren al Código de manera voluntaria?

El Código PAOS es de autorregulación y, como tal, la adhesión al mismo es voluntaria. El objetivo principal de nuestro estudio consistía en evaluar las empresas adheridas al Código, las únicas comprometidas con su cumplimiento. No obstante, puesto que habíamos grabado todos los anuncios emitidos, decidimos evaluar también a las empresas no adheridas, con la hipótesis de que el grado de incumplimiento sería superior en éstas al no haber adquirido ningún compromiso en relación con el Código. Sin embargo, para nuestra sorpresa, el grado de incumplimiento fue muy similar en ambos casos y puso en cuestión la utilidad del Código.

¿Cuáles son las normas con mayor incidencia?

“Los anuncios emitidos durante el fin de semana mostraban un peor cumplimiento del Código que los emitidos en horario escolar”

La norma 8, sobre condiciones que debe cumplir la información adicional del producto, no se cumplió en ningún caso, mientras que la 18, sobre presentación de las condiciones esenciales en caso de oferta promocional, alcanzó más de un 80% de incumplimiento. Pero esas normas sólo son aplicables en un número reducido de anuncios. Para el total, las normas del Código que se saltaron con mayor frecuencia fueron: la 23, que prohíbe promover o presentar hábitos de alimentación o estilos de vida poco saludables; la 13, sobre la participación de personajes conocidos o famosos; la 9, que intenta evitar el llamamiento directo o la incitación a que los niños pidan el producto y sugieran que el adulto es la mejor persona para adquirirlo; la 3, relativa a la inducción a error sobre las características del producto; y la 6, que impide explotar la imaginación de los niños. En cada una de estas normas, el grado de incumplimiento osciló entre el 5% y el 14% de los anuncios emitidos.

¿Hay diferencias sustanciales entre canales, horas de programación o días de mayor incumplimiento?

El incumplimiento del Código PAOS fue más frecuente en Canal Sur, la cadena de Andalucía, una de las comunidades autónomas con mayor prevalencia de obesidad infantil. Sin embargo, la presión publicitaria (número de anuncios emitidos en las franjas horarias analizadas) fue superior en Telemadrid. En cuanto al día de emisión, los anuncios emitidos durante el fin de semana mostraban un peor cumplimiento que los emitidos en horario escolar. Lo mismo ocurría fuera de los horarios de protección reforzada, pese a la gran audiencia infantil detectada en esas franjas temporales, y en horarios despertador, acces (periodo previo) sobremesa y acces prime-time, cuando el potencial de exposición de los niños a la publicidad es mayor.

En un análisis sobre los alimentos anunciados en horario infantil desarrollado por EROSKI CONSUMER hace dos años, el titular fue contundente: “Los anuncios de TV dirigidos al público infantil fomentan el consumo de productos que propician la obesidad”. ¿Ha mejorado esta situación?

Por desgracia, no. La inmensa mayoría de los anuncios sobre alimentos y bebidas dirigidos a niños son de productos altamente energéticos y pobres en nutrientes. Fomentan patrones de consumo poco saludables que favorecen el desarrollo de la obesidad infantil.

¿Así de tajante es la realidad?

La asociación entre consumo de televisión y obesidad infantil se ha probado en un gran número de estudios científicos durante los últimos años. Estos han demostrado que la relación entre el tiempo que los niños dedican a ver la televisión y el desarrollo de obesidad resulta lineal: cuanto más tiempo ven la televisión, mayor es su problema de obesidad.

¿Por qué?

Las razones a las que se atribuye esta relación son tres: el mayor sedentarismo, el picoteo asociado al hábito de ver la televisión y la exposición a la publicidad. Es más, un estudio reciente publicado en febrero en “American Journal of Public Health”, que ha profundizado en este análisis, ha demostrado que la visión de publicidad televisiva por parte de los niños estadounidenses se asocia con el desarrollo posterior de obesidad infantil.

La conclusión principal que usted apunta es que se deben desarrollar fórmulas que regulen de una forma más eficaz el impacto de la publicidad en la dieta de los niños. ¿Cuál sería el punto de partida?

“El Código PAOS ha demostrado ser un instrumento ineficaz para reducir la presión comercial sobre los niños”

No puede ser otro que promover hábitos alimentarios saludables entre los niños. Respecto a la publicidad alimentaria, la medida que mejor puede contribuir a la consecución de este objetivo es la reducción de la presión comercial a la que se somete a los niños. En la presentación del Código PAOS, desde la presidencia de la AESAN se declaró que “nuestra pretensión es reducir la presión comercial sobre los niños”. Pero el Código PAOS, tal como era previsible, se ha mostrado como un instrumento ineficaz para lograr este objetivo, que sólo puede alcanzarse mediante medidas restrictivas sobre el tipo de productos publicitados (alimentos y bebidas altamente energéticos y pobres en nutrientes) y la frecuencia de emisión de los mismos.

Algunos países restringen la venta y publicidad de alimentos con calorías vacías, exceso de azúcares, sodio, grasas trans y saturadas debido a su perjuicio sanitario. La FSA, en Reino Unido, estudia reformular la composición en azúcar y grasa saturada, así como el tamaño de las raciones de chocolates, confitería o bebidas como parte de su lucha contra la obesidad. ¿Son efectivas estas campañas?

Aunque todavía es muy pronto para sacar conclusiones, la evaluación de su impacto es muy compleja debido a la naturaleza multifactorial de la obesidad. Sin embargo, la estrecha relación entre la publicidad, el consumo de alimentos -sobre todo, alimentos altamente energéticos (ricos en azúcares refinados y grasas)- y el desarrollo de la obesidad favorece que cualquier medida destinada a restringir la venta y la publicidad de este tipo de productos esté dotada de un gran impacto potencial sobre el problema de la obesidad infantil. Además, los ensayos de prevención llevados a cabo para investigar la eficacia de programas de intervención para reducir las horas que los niños ven la televisión han demostrado de forma reiterada la eficacia de esta medida para disminuir el riesgo de desarrollar obesidad. Así se consigue la reducción del consumo de alimentos obesogénicos y la adquisición de patrones alimentarios más saludables.

El Anteproyecto de Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición que se espera aprobar este año recoge medidas muy restrictivas sobre la venta de determinados alimentos, en su mayoría, bollería industrial y refrescos en los colegios e institutos. Su equipo ha evaluado el impacto del convenio sobre máquinas vending. ¿En qué fase del estudio están?

El convenio de máquinas vending impone limitaciones a la presencia de esta oferta en los colegios de primaria, pero no aborda la situación de los institutos de secundaria. De acuerdo con los resultados de nuestro estudio, limitados a la ciudad de Madrid, no sólo el cumplimiento de este convenio es muy bajo, sino que en la mayoría de los colegios consultados se desconocía que existía. Por otra parte, la presencia de máquinas en colegios de primaria cuando se firmó el convenio era muy escasa (9% de los colegios de Madrid). A los tres años de la firma del convenio, esta cifra se redujo hasta el 6% (en ambos casos, la presencia se limitaba a colegios concertados y privados, siendo nula en los públicos), pero al preguntar por los motivos de la retirada de las máquinas, ningún colegio hizo alusión al convenio y en la mayoría de los casos se alegaron razones comerciales. Estos hechos contrastan con la situación de los institutos públicos de secundaria que disponían de máquinas vending en más del 30% de los mismos y se quedaron al margen del convenio, cuyos acuerdos, por tanto, no son de aplicación para las máquinas ubicadas en los mismos. Las conclusiones que pueden sacarse de estas observaciones tampoco nos permiten ser optimistas acerca de la eficacia de esta intervención.

Al final, el bocadillo es lo más sano. ¿Cómo volver a él?

El bocadillo es una opción mejor que muchos de los productos industriales de bollería y pastelería que, en su gran mayoría, contienen elevados niveles de azúcares refinados y grasas, y favorecen la obesidad. Además, en muchos casos, estos productos también contienen ácidos grasos parcialmente hidrogenados (grasa trans), que incrementan en mayor medida el riesgo cardiovascular. Pero, más que el bocadillo, es más sana la dieta mediterránea tradicional. Volver a ella es complejo, pero no imposible. Es necesaria la implicación de todos: padres, colegios, comunidades asociativas, empresas, ayuntamientos… Hay que educar y concienciar a los niños y a sus familias de la importancia de una buena alimentación, capacitarles para enfrentarse a las barreras para adquirir hábitos saludables y poner en marcha las medidas para garantizar que las opciones para llevar una vida sana y activa sean accesibles para todos. Hay que configurar un entorno que favorezca esos hábitos: hacer fácil lo saludable.

Gran parte de la industria alimentaria centra sus esfuerzos en la mejora de la información del etiquetado nutricional. ¿Influye una información más completa en las decisiones de compra de los consumidores?

Éste es un aspecto en el que se ha avanzado mucho en los últimos años, así como en el desarrollo de alimentos funcionales y nuevos productos alimentarios con un perfil nutricional más saludable (bajo contenido en grasas y azúcares). La implicación de la industria alimentaria ha sido importante en este avance, pero todavía queda mucho por hacer. Un etiquetado más claro y completo, que destaque los nutrientes con un mayor potencial impacto negativo sobre la salud, como los ácidos grasos parcialmente hidrogenados, y la posibilidad de señalar mediante un código de colores que permita al usuario identificar con facilidad los alimentos muy energéticos y pobres en nutrientes, por un lado, y los de un mejor perfil nutricional, por otro, son dos líneas por las que hay que avanzar más.

EL FUTURO DE LOS CÓDIGOS

Un grupo de trabajo de la International Obesity Task Force (IOTF) demanda pasos legales para establecer un código internacional de publicidad que proteja a los niños de los efectos nocivos de la publicidad. Miguel Ángel Royo insiste en que los códigos de autorregulación, por su propia naturaleza, “no conseguirían reducir de manera sustancial el alto volumen y el fuerte impacto de la publicidad de bebidas y alimentos obesogénicos sobre los niños, incluso cuando se cumplieran estrictamente”. Se suma a lo que señala la IOTF: “Los únicos anuncios alimentarios que deberían estar permitidos para niños son aquellos que contribuyan a fomentar una dieta saludable”.

Esta recomendación forma parte de los “Principios de Sydney” sobre publicidad, que demandan medidas legales que protejan los derechos de los niños y les garanticen espacios libres de anuncios. Sólo la industria alimentaria ha discutido la necesidad de restricciones legales y argumenta que los sistemas de autorregulación funcionan bien. “Nuestros hallazgos contradicen este argumento”, declara Royo.

Sobre las medidas implantadas en Reino Unido en relación con la publicidad, las califica de “positivas”, pero añade que “constituyen un tímido avance, ya que se basan en la proporción de niños de la audiencia -sólo se aplican cuando estos son mayoría-, en lugar de tener en cuenta al número total de niños sentados frente al televisor en cada momento”. Prefiere fijarse en Suecia y Noruega, mucho más contundentes, ya que no permiten ningún tipo de publicidad dirigida a menores de 12 años en televisión.

“Ése debe ser el espejo donde mirarnos: un país que se considera avanzado debe situar la protección de los derechos de los niños, que constituyen todo su futuro, como una clara prioridad, a todos los niveles, frente a consideraciones de otro tipo, como las estrictamente comerciales”. En su opinión, hay que tomar las medidas oportunas y con la contundencia necesaria para proteger sus derechos, de manera que se garantice un crecimiento saludable de los mismos, tanto en la vertiente física como psicológica.

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